Por el cual se crea la Auditoría de la Empresa Nacional de Publicaciones

Rango Decreto
Publicación 1955-09-03
Estado Vigente
Departamento PRESIDENCIA DE LA REPUBLICA
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la Republica de Colombia,

En uso de sus atribuciones legales, y en especial de las que le confiere el artículo 121 de la constitución Nacional, y

considerando

Que por Decreto numero 3518, de 9 de noviembre de 1949, se declaro turbado el orden público y en estado de sitio todo el territorio de la Republica,

DECRETA:

Artículo primero. La Empresa Nacional de Publicaciones tendrá un Auditor especial de libre nombramiento y remoción del Gobierno Nacional. La remuneración de este funcionario y la de los que él tenga bajo su dependencia para cumplir sus funciones, será cubierta por la Empresa.
Artículo segundo En los estatutos de la Empresa Nacional de Publicaciones se fijaran las funciones de la Auditoria que se crea por el presente Decreto.
Artículo tercero Este Decreto rige desde la fecha de su expedición y suspende las disposiciones que le sean contrarias.

Comuníquese y publíquese.

Dado en Bogotá a 26 de agosto de 1 955.

General Jefe Supremo GUSTAVO ROJAS PINILLA,

Presidente de Colombia.

El Ministro del Gobierno,

Lucio Pabón Núñez.

El Ministro de Relaciones Exteriores,

Evaristo Sourdis.

El Ministro de Justicia,

Luis Caro Escallón.

El Ministro de Hacienda y Crédito Público,

Carlos Villaveces.

El Ministro de Guerra,

Brigadier General Gabriel Paris.

El Ministro de Agricultura Y Ganadería,

Juan Guillermo Restrepo Jaramillo.

El Ministro del Trabajo,

Castor Jaramillo Arrubla.

El Ministro de Salud Pública,

Bernardo Henao Mejía.

El Ministro de Fomento,

Manuel Archila Monroy.

El Ministro de Minas Y Petróleos,

Edro Manuel Arenas.

El Ministro de Educación Nacional,

Aurelio Caicedo Ayerbe.

El Ministro de Comunicaciones,

Brigadier General Gustavo Berrío Muñoz.

El Ministro de Obras Públicas,

Contraalmirante Rubén Piedrahita Arango.

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