Por el cual se hace un traslado en el Presupuesto vigente
El Presidente de la República de Colombia
en uso de sus atribuiciones legales, y
CONSIDERANDO
que el Consejo de Ministros, en su sesión del día 20 de diciembre en curso, autorizó al Ministerio de Hacienda para trasladar una suma dentro del Presupuesto del Ministerio de Trabajo, Higiene y Previsión Social, según consta en la nota número 5690, procedente de la Secretaría de dicha entidad,
DECRETA :
Artículo 1° Hácese el siguiente traslado en el Presupuesto vigente :
Ministerio de Trabajo, Higiene y Previsión Social
Capítulo 44
Del artículo 541-Para construcción del hospital de Popayán.
| Ley 84 de 1937 $ | 3.000.00 |
|---|---|
| Capítulo 40 Al artículo 502-Para los gastos que demande la profilaxis y tratamiento de las enfermedades que puedan tomar carácter epidémico, en cualquier zona de la República $ | 3.000.00 |
| Artículo 2° El presente Decreto rige desde su fecha. | Artículo 2° El presente Decreto rige desde su fecha. |
| --- | --- |
Comuníquese y publíquese.
Dado en Popayán, a 27 de diciembre de 1940.
EDUARDO SANTOS
El Ministro de Hacienda y Crédito Público,
Carlos LLERAS RESTREPO
El Ministro de Trabajo, Higiene y Previsión Social,
José Joaquín CAICEDO CASTILLA
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