Por medio del cual se distribuye una apropiación

Rango Decreto
Publicación 1961-09-30
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE OBRAS PUBLICAS
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente la República de Colombia;

uso de sus facultades legales,

DECRETA.

Artículo único. Hácese la siguiente distribución de la partida apropiada en el Capítulo 3104, Programa VI, articulo 31187-A del Presupuesto vigente, "Para financiar, los aportes de la Nación en la construcción de Caminos Vecinales" con el producto del empréstito del Export Import Bank of Washington, utilizable en 1961, según distribución que hará el Gobierno en la forma establecida en el artículo 6º. De la Ley 62 de 1960:

CAPITULO 3104

Programa VI

Artículo 3118-A-Recursos del Crédito

Ordinal 1) Gastos de Administración $ 500.000.00
Ordinal 2) Departamento de Antioquia 4.000.000.00
Ordinal 3) Departamento de Atlantico 2.000.000.00
Ordinal 4) Departamento de Boyacá 2.000.000.00
Ordinal 5 Departamento de Caldas 3.000.000.00
Ordinal 6) Departamento del Causa 2.000.000.00
Ordinal 7) Departamento de Córdoba 2.000.000.00
Ordinal 8) Departamento de Cundinamarca 3.000.000.00
Ordinal 9) Departamento del Huila 2.000.000.00
Ordinal 10) Departamento de Nariño 2.000.000.00
Ordinal 11) Departamento de Santander 2.000.000.00
Ordinal 12) Departamento de Tolima 2.000.000.00
Ordinal 13) Departamento del Valle del Cauca 2.500.000.00
Ordinal 14) Intendencia del Caquetá 1.000.000.00

Comuníquese y Publíquese.

Dado en Bogotá, D. E., a 18 de Septiembre de 1961.

ALBERTO LLERAS.

El Ministro de hacienda y Crédito Público,

Misael Pastrana borrero.

El Ministro de Obras Públicas,

Carlos Obando Velasco.

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