por el cual se fija la planta de personal de Soldados Voluntarios para 1985

Rango Decreto
Publicación 1985-08-23
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE DEFENSA NACIONAL
Fuente SUIN-Juriscol
artículos 2
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El Presidente de la República de Colombia, en uso de sus facultades legales y en especial las que le confiere el Decreto 2157 de 1985,

DECRETA:

Artículo 1º La planta de personal de Soldados Voluntarios para la vigencia de 1985, será de un mil (1.000) en todo el país.
Artículo 2º El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicación.

Publíquese y cúmplase.

Dado en Bogotá, D. E., a 17 de agosto de 1985.

BELISARIO BETANCUR

El Ministro de Hacienda y Crédito Público

Roberto Junguito Bonnet.

El Ministro de Defensa Nacional,

General Manuel Vega Uribe.

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