Por el cual se autoriza a un funcionario consular para expedir visas de turismo
El Presidente de la República de Colombia,
en uso de sus atribuciones legales,
DECRETA;
Artículo único. Autorízase al señor Cónsul de Colombia en La Paz, Bolivia, para expedir visas de turismo de sesenta días, de conformidad con lo dispuesto en los Decretos 55 y 1033 de 1940 comuníquese y publíquese.
Dado en Bogotá a 6 de octubre de 1942.
ALFONSO LOPEZ
El Ministro de Gobierno, encargado del Despacho de Relaciones Exteriores,
Darío ECHANDIA
Digitó: CC1.023.922.646
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