por la cual se modifica la Planta de Personal del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social

Rango Decreto
Publicación 1994-10-14
Estado Derogada
Departamento MINISTERIO DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de las que le confiere el numeral 14 del artículo 189 de la Constitución Política,

DECRETA:

Artículo 1ºSuprimir de la planta de personal del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, creada mediante Decreto 595 de marzo 30 de 1993, los cargos que se establecen a continuación:
Planta Globalizada Planta Globalizada Planta Globalizada Planta Globalizada
No. DE CARGOS DENOMINACION DEL EMPLEO CODIGO GRADO
1 (Uno) Secretario General de Ministerio 0035 16
3 (Tres) Director Técnico de Ministerio 0100 12
7 (Siete) Subdirector Técnico de Ministerio 0150 08
3 (Tres) Jefe de Oficina 2045 25
3 (Tres) Jefe de Oficina 2045 21
2 (Dos) Jefe de División 2040 14
1 (Uno) Profesional Especializado 3010 12
2 (Dos) Profesional Especializado 3020 08
1 (Uno) Profesional Universitario 3020 06
1 (Uno) Auxiliar Administrativo 5120 09
5 (Cinco) Secretario Ejecutivo 5040 13
Artículo 2ºAdicionar la planta de personal del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, creada mediante Decreto 595 de marzo 30 de 1993, con los cargos que se establecen a continuación:
Planta Globalizada Planta Globalizada Planta Globalizada Planta Globalizada
No. DE CARGOS DENOMINACION DEL EMPLEO CODIGO GRADO
1 (Uno) Secretario General de Ministerio 0035 20
4 (Cuatro) Director Técnico de Ministerio 0100 17
8 (Ocho) Subdirector Técnico de Ministerio 0150 12
3 (Tres) Jefe de Oficina Asesora de Ministerio 0125 17
3 (Tres) Jefe de Oficina Asesora de Ministerio 0125 09
2 (Dos) Asesor 1020 06
8 (Ocho) Profesional Especializado 3010 17
10 (Diez) Profesional Especializado 3010 16
8 (Ocho) Profesional Especializado 3010 14
2 (Dos) Médico Especialista 3120 16
1 (Uno) Médico (Medio Tiempo) 3085 14
1 (Uno) Analista de Sistemas 4005 15
4 (Cuatro) Secretario Ejecutivo 5040 18
3 (Tres) Secretario Ejecutivo 5040 16
3 (Tres) Auxiliar Administrativo 5120 11
Artículo 3º El Ministro de Trabajo y Seguridad Social, mediante acto administrativo, distribuirá los cargos de la planta globalizada y ubicará al personal de conformidad con la estructura interna del Ministerio, la naturaleza de las funciones, las necesidades del servicio y los planes y programas del organismo.
Artículo 4º El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicación.

Publíquese, comuníquese y cúmplase.

Dado en Santafé de Bogotá, D.C., a 13 de octubre de 1994.

ERNESTO SAMPER PIZANO.

El Ministro de Hacienda y Crédito Público,

Guillermo Perry Rubio.

La Ministra de Trabajo y Seguridad Social,

María Sol Navia Velasco.

El Director del Departamento Administrativo de la Función Pública,

Eduardo González Montoya.

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