por el cual se dictan disposiciones en materia salarial
El Presidente de la república de Colombia, en desarrollo de las normas generales señaladas en la Ley 4º de 1992,
DECRETA:
Artículo 1º. El Subsecretario General del Ministerio de Defensa Nacional, tendrá derecho a una asignación básica mensual de dos millones ciento cinco mil ochocientos veintiocho pesos ($2.105.828) moneda corriente.
Igualmente tendrá derecho a los factores salariales y prestaciones sociales en los mismos términos y condiciones establecidos para los empleados públicos de la Rama Ejecutiva del Poder Público en el orden Nacional.
Artículo 2º. El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación y adiciona el Decreto 122 de 1997.
Publíquese y cúmplase.
Dado en Santa Fe de Bogotá, D. C., a 18 de septiembre de 1997.
ERNESTO SAMPER PIZANO
El Ministro de Hacienda y Crédito Público, (E),
Eduardo Fernández Delgado.
El Ministro de Defensa Nacional,
Gilberto Echeverri Mejía.
El Director del Departamento Administrativo de la Función pública,
Edgar Alfonso González Salas.
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