Por el cual se suprime un puesto en el ramo de Obras Públicas
El Presidente de la República de Colombia,
en uso de sus facultades legales, y
CONSIDERANDO
que por haber comenzado a ejecutarse el contrato celebrado con la Empresa de Navegación del Dique sobre transporte de carga oficial de Cartagena a otros puertos del Bajo Magdalena, se hace innecesaria la presencia en aquel puerto del Embarcador oficial,
DECRETA:
Artículo 1º Suprímese el puesto de Embarcador de materiales que funciona en Cartagena, puesto que fue creado por Decreto número 1590, de 29 de agosto último.
Artículo 2° El archivo y enseres de la oficina que se suprime serán entregados a la Intendencia de Navegación del Dique.
Artículo 3º El Intendente de la Navegación del Dique y el Inspector Fluvial de La Dorada, vigilarán el cumplimiento del contrato con la Empresa de Navegación del Dique sobre transporte de la carga oficial.
Comuníquese y publíquese.
Dado en Bogotá a 5 de diciembre de 1928.
MIGUEL ABADIA MENDEZ
El Ministro de Obras Públicas,
Sotero PEÑUELA
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