Por el cual se suprimen unos cargos en Carreteras Nacionales

Rango Decreto
Publicación 1951-02-17
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE OBRAS PUBLICAS
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República de Colombia,

en uso de sus facultades legales,

DECRETA:

Artículo único. A partir del 1° de febrero del año en curso, suprímense los siguientes cargos creados por Decreto número 550 de 1948:

Comuníquese y publíquese.

Dado en Bogotá a 1° de febrero de 1951.

LAUREANO GOMEZ

El Secretario General del Ministerio de Obras Públicas, encargado del Despacho,

Gabriel RODRIGUEZ FRANCO

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