Por el cual se dicta una disposición en el ramo de Guerra

Rango Decreto
Publicación 1935-01-12
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE GUERRA
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República*de Colombia,*

en uso de sus facultades legales, y

TENIENDO EN CUENTA

que es indispensable poner todas las fuer­zas que actúen en la región S. E.: Inten­dencia del Amazonas y Comisarías del Caquetá y Putumayo, bajo la Dirección de un Comando único,

DECRETA:

Artículo único. Las fuerzas del Ejército que se destinen al territorio del Destaca­mento del Amazonas, cualquiera que sea el arma a que pertenezcan (terrestres, flu­viales, marítimas y de aviación), quedarán de hecho bajo la dirección y mando único del Comando de dicho Destacamento.

Parágrafo. Las fuerzas fluviales, maríti­mas y de aviación que se encuentren en la situación antes determinada, continuarán dependiendo para efectos administrativos de las respectivas direcciones del Ministe­rio de Guerra.

Comuníquese y publíquese.

Dado en Bogotá a 12 de diciembre de 1934.

ALFONSO LOPEZ

El Ministro de Guerra,

Marco A. AULI

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