Por el cual se reforma el Decreto número 1764 de 7 de septiembre de 1943
El Primer Designado, Encargado de la Presidencia de la República de Colombia,
en uso de sus facultades legales, y
CONSIDERANDO
Que el Gobierno Nacional celebró un contrato con la Empresa Municipal de Energía Eléctrica de Medellín para efectuar los estudios de una central hidroeléctrica en el suroeste de Antioquia;
Que en desarrollo de ese contrato se dictó el Decreto número 1764 de 7 de septiembre del presente año, por el cual se creó la Comisión, se determinó el personal y se fijaron las asignaciones;
Que al ingeniero Jefe se le fijaron $ 500 de sueldo mensual y al Ingeniero Primer Ayudante $ 400;
Que se crearon cuatro Ingenieros Ayudantes, y
Que posteriormente se ha visto que es conveniente suprimir dos Ingenieros Ayudantes, crear en su lugar un cargo de Dibujante y elevar el sueldo del Ingeniero Jefe y del Ingeniero Primer Ayudante,
DECRETA:
Artículo 1° Suprímense dos Ingenieros Ayudantes de la Comisión de Estudios Hidroeléctricos del Suroeste de Antioquia y en su lugar créase el cargo de Dibujante de la misma Comisión, con doscientos pesos ($ 200) de sueldo mensual.
Artículo 2° Fíjanse los sueldos mensuales del Ingeniero Jefe y del Ingeniero Primer Ayudante, así:
| Ingeniero Jefe | $ | 600.00 |
|---|---|---|
| Ingeniero Primer Ayudante | 450.00 |
Comuníquese y publíquese.
Dado en Bogotá a 29 de noviembre de 1943.
El Primer Designado, Encargado de la Presidencia de la República,
DARIO ECHANDIA
El Ministro de Obras Públicas,
Hernán ECHAVARRIA OLOZAGA
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