Por el cual se declara concluída la Liquidación de la Empresa Nacional de Publicaciones

Rango Decreto
Publicación 1961-09-30
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO
Fuente SUIN-Juriscol
Historial de reformas JSON API

El Presidente de la República de Colombia,

en uso de sus facultades legales, y

CONSIDERANDO:

Que por Decreto legislativo número 114 de junio de 1957, la Empresa Nacional de Publicaciones paso a ser una dependencia del Ministerio de Hacienda y Crédito Publicó, entidad que quedo autorizada para efectuar las operaciones de liquidación de los bienes de dicha Empresa, con la intervención de La Contraloría General de República;

Que de los informes presentados por el actual Liquidador, así como de los juicios de cuentas rendidas a la Contraloría General de la Republica se concluye que por circunstancias especiales de carácter comercial se ha dificultado la enajenación de algunos bienes de esta Empresa, lo cual hace que no se justifique, la prolongación de esta entidad, con el consiguiente costo de administración, etc.

DECRETA:

Artículo primero. Declárase extinguida la entidad jurídica denominada Empresa Nacional de Publicaciones, dependencia del Ministerio de Hacienda.
Artículo segundo. Distribuyese el patrimonio de dicha Empresa, en la siguiente forma:

Queda autorizado el Departamento Administrativo de Servicios Generales para hacer daciones en pago al Fondo de Estabilización, de todo o parte de los bienes que se le asignan por el presente Decreto. También el Departamento Administrativo de Servicios Generales podrá dar en arrendamiento todo o parte de los bienes que reciba, mientras procede a venderlos o a hacer la dación en pago contemplada.

Artículo tercero. Todo lo relativo al contrato con la firma Parsons and Whittemore International

Co. Ltda. del Canadá, seguirá siendo tramitada por el Ministerio de Hacienda y Crédito Público.

Artículo cuarto. Una vez que se realice la entrega de los bienes al Departamento Administrativo de Servicios Generales, debidamente refrendada por la Contraloría General de la República, quedará suprimido el cargo de Liquidador de la Empresa Nacional de Publicaciones.

Parágrafo. Los sueldos y prestaciones sociales del personal al servicio de la Empresa Nacional de Publicaciones, serán pagados por el Ministerio de Hacienda y Crédito Público.

Comuníquese y cúmplase.

Dado en Bogotá, D. E. a 20 de septiembre de 1961.

ALBERTO LLERAS

El Ministro de Hacienda y Crédito Público,

Misael Pastrana Borrero.

El jefe del Departamento Administrativo de Servicios Generales, encargado,

Carlos Ardila Amaga.

La consulta de este documento no sustituye la lectura del Diario Oficial correspondiente. No nos responsabilizamos de posibles incorrecciones producidas en la transcripción del original a este formato.