por el cual se modifica la Planta de Personal Global del Departamento Administrativo de la Presidencia de la República

Rango Decreto
Publicación 1993-11-25
Estado Vigente
Departamento PRESIDENCIA DE LA REPUBLICA
Fuente SUIN-Juriscol
artículos 4
Historial de reformas JSON API

El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de las facultades constitucionales que le confiere el numeral 14 del artículo 189 de la Constitución Política y las legales contempladas en el artículo 17 del Decreto-ley 1680 de 1991,

DECRETA:

Artículo 1° Suprímense de la Planta de Personal Global del Departamento Administrativo de la Presidencia de la República, establecida mediante Decreto número 2434 del 29 de octubre de 1991, modificada mediante Decretos números 1529 de 1992, 311, 571, 650, 1143, 1159, 1644 y 1981 de 1993, los siguientes empleos:

Número de Cargos Nivel y Denominación del Empleo Código Grado
Nivel Asesor Nivel Asesor Nivel Asesor Nivel Asesor
2 Asesor 210 35
Nivel de Gestión Nivel de Gestión Nivel de Gestión Nivel de Gestión
1 Asistente de Coordinación 305 33
1 Coordinador de Unidad Auxiliar 325 30
Nivel Profesional Nivel Profesional Nivel Profesional Nivel Profesional
1 Profesional 430 29
1 Profesional 430 26
1 Pagador 420 26
Nivel Técnico - Asistencial Nivel Técnico - Asistencial Nivel Técnico - Asistencial Nivel Técnico - Asistencial
1 Secretario Ejecutivo 520 21
1 Secretario Ejecutivo 520 20
Nivel de Ejecución Nivel de Ejecución Nivel de Ejecución Nivel de Ejecución
1 Asistente Administrativo 615 15
1 Asistente Administrativo 615 14
1 Conductor Mecánico 635 07
1 Operario Calificado 650 07
1 Secretario 655 15
1 Secretario 655 12

Artículo 2° Créanse en la Planta de Personal Global del Departamento Administrativo de la Presidencia de la República establecida mediante Decreto número 2434 del 29 de octubre de 1991, y modificada mediante Decretos números 1529 de 1992 y 311, 571, 650, 1143, 1159, 1644 y 1981 de 1993, los siguientes empleos:

Número de Cargos Nivel y Denominación del Empleo Código Grado
Nivel Asesor Nivel Asesor Nivel Asesor Nivel Asesor
3 Asesor 210 37
Nivel Profesional Nivel Profesional Nivel Profesional Nivel Profesional
1 Pagador 420 29
Nivel Técnico- Asistencial Nivel Técnico- Asistencial Nivel Técnico- Asistencial Nivel Técnico- Asistencial
5 Secretario Ejecutivo 520 22
1 Secretario Ejecutivo 520 18
Nivel de Ejecución Nivel de Ejecución Nivel de Ejecución Nivel de Ejecución
1 Auxiliar de Servicios Generales 630 07
2 Conductor Mecánico 635 10
1 Secretario 655 14
1 Secretario 655 09

Artículo 3° El Director del Departamento Administrativo de la Presidencia de la República, mediante resolución, distribuirá los empleos de la Planta de Personal Global a que se refiere este Decreto, de acuerdo con la estructura orgánica del Departamento, las necesidades del servicio y la naturaleza y responsabilidad de los empleos.

Artículo 4° El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicación y modifica en lo pertinente el Decreto 2434 de 1991, el Decreto 1529 de 1992, 311, 571, 650, 1143, 1159, 1644 y 1981 de 1993.

Publíquese y cúmplase.

Dado en Santafé de Bogotá, D. C., a 24 de noviembre de 1993.

CESAR GAVIRIA TRUJILLO

El Director del Departamento Administrativo de la Presidencia de la República,

Miguel Silva Pinzón.

La consulta de este documento no sustituye la lectura del Diario Oficial correspondiente. No nos responsabilizamos de posibles incorrecciones producidas en la transcripción del original a este formato.

Este texto se publica bajo las condiciones de reutilización propias de SUIN-Juriscol, no bajo una licencia de Legalize ni de dominio público. SUIN-Juriscol
Textos normativos oficiales del Estado colombiano, reproducibles conforme al art. 41 de la Ley 23 de 1982, con la obligación de conformarse con la edición oficial. Los campos editoriales que acompañan a cada norma (vigencia, subtipo, sector, materia) y el historial de reformas provienen de la anotación de SUIN-Juriscol (Ministerio de Justicia y del Derecho); Legalize no reclama derechos sobre ellos, ni reproduce el formato, el diseño ni la marca del portal. La licencia MIT cubre el código del pipeline, nunca el contenido normativo.