por el cual se modifica parcialmente el Decreto número 2542 del 8 de noviembre de 1991

Rango Decreto
Publicación 1993-11-26
Estado Derogada
Departamento MINISTERIO DE EDUCACION NACIONAL
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de las facultades que le confiere el numeral 11 del artículo 189 de la Constitución Política de Colombia, y

CONSIDERANDO:

Que la Junta Nacional de Matrículas y Pensiones para el ejercicio de sus funciones estaba integrada conforme lo dispuso el artículo 17 del Decreto número 2542 de 1991;

Que el Ministerio de Educación Nacional, mediante Decreto número 2127 del 29 de noviembre de 1992 fue reestructurado, y por esta razón se suprimieron de su Planta de Personal los cargos de Secretario Pedagógico, Jefe de la División de Control de Calidad de la Educación, y Jefe de la División de Asesoría y Control Interno de Inspección y Vigilancia de la Educación Regional;

Que en armonía con lo expuesto, se hace necesario adecuar la representación del Ministerio en la Junta Nacional de Matrículas y Pensiones de acuerdo con la nueva estructura administrativa y la planta de personal adoptada por el Decreto número 620 del 31 de marzo de 1993,

DECRETA:

Artículo 1° El artículo 17 del Decreto 2542 del 8 de noviembre de 1991, quedará así:

“Artículo 17. La Junta Nacional de Matrículas y Pensiones tiene competencia en todo el territorio de la República de Colombia y estará integrada por:

Parágrafo. El Ministerio de Educación podrá designar libremente los representantes referidos en los numerales 5 y 6 del presente artículo si al término de 30 días de haber solicitado los candidatos las organizaciones interesadas no han respondido.

Artículo 2° Este Decreto rige a partir de la fecha de su publicación y deroga las normas que le sean contrarias.

Publíquese y cúmplase.

Dado en Santafé de Bogotá, D. C., a 25 de noviembre de 1993.

CESAR GAVIRIA TRUJILLO

La Ministra de Educación Nacional,

Maruja Pachón de Villamizar.

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