por el cual se distribuyen las partidas para sueldos del personal, pensiones alimenticias y demás gastos de la Escuela de Artes y Oficios de Istmina

Rango Decreto
Publicación 1943-02-11
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE EDUCACION NACIONAL
Fuente SUIN-Juriscol
Historial de reformas JSON API

El Presidente, de la República de Colombia,

en uso de sus facultades legales,

DECRETA:

Artículo único. Para sueldos del personal, pensiones alimenticias y demás gastos de la Escuela de Artes y Oficios de Istmina, se distribuyen las siguientes partidas apropiadas en el Presupuesto Nacional vigente, así:
Mensual Total
a) Capitulo 64, artículo 918
Para sueldos en enero, así:
Director $ 220.00
Secretario Habilitado Almacenista
Profesor de Cultura General 100.00
Jefe del Taller de Mecánica 100.00
Jefe del Taller de Herrería y Soldadura 100.00
Jefe del Taller de Carpintería 100.00
Portero 40.00
Sumas 760.00
b) Capitulo 64, articulo 918.
Para sueldos en once (11) meses, de febrero a diciembre, así
Director $ 220.000 2.420.00
Secretario Habilitado Almacenista 100.00 1.100.00
Profesor de Cultura General 100.00 1.100.00
Jefe del Taller de Mecánica, Herrería y Soldadura 100.00 1.100.00
Jefe del Tallar de Carpintería 100.00 1.100.00
Jefe del Taller de Sastrería 80.00 880.00
Médico Profesor 50.00 550.00
Profesorado externo, hasta 190.00
Total $ 750.00 9.200.00
c) Capítulo 64, artículo 919
Para pago de pensiones alimenticias de treinta, y tres alumnos, a razón de $ 15.00 mensuales cada uno, en diez meses, de- febrero a noviembre $ 495.00 4.950.00
d) Capitulo 64, artículo 921.
Para sostenimiento del restaurante escolar, en diez (10) meses, de febrero a noviembre 190.00 1.900.00
Para servicios de energía, agua, aseo, teléfono, material industrial de enseñanza, útiles de escritorio, reparaciones locativas, deportes y demás gastos de esta Escuela, en doce meses, de enero diciembre 150.00 1.800.00
Total $ 3.700.00
Comuníquese y publíquese. Dado en Bogotá a 3 de febrero de 1943 ALFONSO LOPEZ El Ministro de Hacienda y crédito Público Alfonso ARAUJO El Ministro de Trabajo Higiene y Previsión Social, encargado de Despacho de Educación Nacional Arcesio LONDOÑO PALACIO Comuníquese y publíquese. Dado en Bogotá a 3 de febrero de 1943 ALFONSO LOPEZ El Ministro de Hacienda y crédito Público Alfonso ARAUJO El Ministro de Trabajo Higiene y Previsión Social, encargado de Despacho de Educación Nacional Arcesio LONDOÑO PALACIO Comuníquese y publíquese. Dado en Bogotá a 3 de febrero de 1943 ALFONSO LOPEZ El Ministro de Hacienda y crédito Público Alfonso ARAUJO El Ministro de Trabajo Higiene y Previsión Social, encargado de Despacho de Educación Nacional Arcesio LONDOÑO PALACIO Comuníquese y publíquese. Dado en Bogotá a 3 de febrero de 1943 ALFONSO LOPEZ El Ministro de Hacienda y crédito Público Alfonso ARAUJO El Ministro de Trabajo Higiene y Previsión Social, encargado de Despacho de Educación Nacional Arcesio LONDOÑO PALACIO
--- --- --- ---

La consulta de este documento no sustituye la lectura del Diario Oficial correspondiente. No nos responsabilizamos de posibles incorrecciones producidas en la transcripción del original a este formato.