Por el cual se hacen unos traslados en el presupuesto de la vigencia en curso
El Presidente de la Republica de Colombia,
en uso de sus facultades legales, y
CONSIDERANDO
que el honorable Consejo de Ministros en su sesión de fecha 7 de los corrientes aprobó la solicitud de autorización del Departamento Nacional de Higiene para efectuar dentro del Presupuesto Nacional de gastos de la vigencia en curso, los traslados a que el presente Decreto se refiere.
DECRETA:
Articulo único. Hacense en el Presupuesto de gastos de la actual vigencia los siguientes traslados:
AQUI PDF DIARIO OFICIAL N 22777 (TABLA DE PRESUPUESTO ) PÁG. 2.
Comuníquese, cúmplase y dese cuenta al señor Contralor General de la República para los efectos de la contabilización correspondiente.
Dado en Bogotá a 13 de diciembre de 1934.
ALFONSO LOPEZ
El Ministro de Gobierno,
Dario ECHANDIA
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