Por el cual se hacen algunos traslados en el presupuesto de 1934

Rango Decreto
Publicación 1934-12-31
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República de Colombia,

en uso de sus facultades legales, y

CONSIDERANDO

que el Consejo de Ministros, en su se­sión del día 10 de los corrientes, autorizó el traslado solicitado por el señor Contra­lor General de la República para atender a algunos gastos de material en el Departamento de Contraloría,

DECRETA:

Artículo único. De acuerdo con el ar­tículo 32 de la Ley 64 de 1931, hácense los siguientes traslados en el Presupuesto de la vigencia fiscal en curso:

DEPARTAMENTO DE CONTRALORIA

CAPITLO 61

Personal y material.

Del artículo 280. Sueldos del personal de la Contraloría $ 500

Del artículo 282. Viáticos de los empleados de la Contraloría General 600

Al artículo 281. Útiles de escritorio, muebles, publicaciones, etc 1,100

Sumas iguales $1,100 1,100

Comuníquese y publíquese.

Dado en Bogotá a 13 de diciembre de 1934.

ALFONSO LOPEZ

El Ministro de Hacienda y Crédito Público.

Jorge SOTO DEL CORRAL

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