por el cual se modifica la nomenclatura y clasificación de empleos de que trata el Decreto 1681 de 1991 y se dictan normas complementarias
El Presidente de la República de Colombia, en desarrollo de las normas generales previstas en la Ley 4º de 1992,
DECRETA:
Artículo 1º. Modifícase la nomenclatura de empleos de que trata el Decreto 1681 de 1991 de la siguiente manera:
| Nivel de Dirección y de Asistencia al Presidente | Nivel de Dirección y de Asistencia al Presidente |
|---|---|
| CODIGO | DENOMINACION DEL EMPLEO |
| 1 10 | Consejero o Alto Comisionado del Presidente de la República |
| 1 70 | Subdirector o Subgerente o Subcomisionado |
Artículo 2º. El empleo de Alto Comisionado en la Consejería Presidencial para la Paz tendrá la misma remuneración mensual por todo concepto del empleo de Director del Departamento Administrativo de la Presidencia de la República, Código 130.
Artículo 3º. El empleo de Subcomisionado en la Consejería Presidencial para la Paz tendrá la remuneración correspondiente al Grado 43 de la escala de remuneración de los empleos del Departamento Administrativo de la Presidencia de la República.
Artículo 4º. El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicación y deroga las disposiciones que le sean contrarias.
Publíquese y cúmplase.
Dado en Santafé de Bogotá, D.C., a 20 de octubre de 1994.
ERNESTO SAMPER PIZANO
El Ministro de Hacienda y Crédito Público,
Guillermo Perry Rubio.
El Director del Departamento Administrativo de la Presidencia de la República,
Juan Manuel Turbay Marulanda.
El Director del Departamento Administrativo de la Función Pública,
Eduardo González Montoya.
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