Por el cual se aprueba una Resolución dictada por la Junta Directiva del Club de la Policía Nacional
El Presidente de la República de Colombia,
en uso de sus facultades legales,
DECRETA:
Artículo único. Apruébase en tedas sus partes la Resolución que se inserta a continuación:
Club de la Policía Nacional- Bogotá, 17 de noviembre de 1928.
Señor Ministro de Gobierno- E. S. D.
Para los efectos de la cláusula décima del artículo 24 de los Estatutos del Club de la Policía Nacional, tengo el honor de transcribir a usted la siguiente proposición aprobada por unanimidad en la sesión que celebró hoy la Junta Directiva de dicho Centro: "La Junta Directiva del Club de la Policía Nacional, en ejercicio de la función décima que le confiere el artículo 24 de los Estatutos, y considerando:
"Que el alto precio de los arrendamientos y el elevado valor de algunos de los elementos necesarios no permiten establecer en las condiciones apetecidas dicho centro social, decreta la disolución del Club y dispone su liquidación. Oportunamente se señalarán las bases para este último acto y se hará el nombramiento del liquidador o liquidadores. La presente Resolución debe someterse a la aprobación del Gobierno.
Soy de usted muy atento servidor
José María Dávila Tello, Secretario del Club,
Comuníquese y publíquese.
Dado en Bogotá a 7 de diciembre de 1928.
MIGUEL ABADIA MENDEZ
El Ministro de Gobierno,
Enrique J. ARRAZOLA
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