Por el cual se hacen unas traslaciones en el Presupuesto de Gastos de funcionamiento para la vigencia fiscal de 1961, (Ministerio de Justicia), por $ 337.291.00
El Presidente de la República de Colombia,
en uso de sus facultades legales, y especialmente de las que le confiere la Ley 28 de 1961, y
considerando:
Que por medio del parágrafo del artículo 7° de la ley 28 de 1961, se autorizó al Gobierno Nacional para hacer las traslaciones necesarias en el presupuesto de gastos de funcionamiento de cada Ministerio o Departamento Administrativo, sin variar la asignación global correspondiente a cada entidad, con el único requisito de la expedición del Certificado de Disponibilidad por el Contralor General de la República; Que para el normal desarrollo de las labores del Ministerio de Justicia, es necesario hacer algunas traslaciones dentro de su presupuesto de funcionamiento, y Que para amparar las traslaciones de que se trata, la contraloría General de la Republica expidió el Certificado de Reserva y Disponibilidad número 58 de 1961, por la suma de $ 337.291.00,
decreta:
Artículo 1° Hácense las siguientes traslaciones en el Presupuesto de Gastos de funcionamiento para la vigencia fiscal de 1961, con base en el Certificado de Reserva y Disponibilidad número 58 del mismo año, expedido por la contraloría General de la Republica:
Presupuesto de funcionamiento ministerio de Justicia.
Contracréditos.
- A) Dirección del Ministerio.
- B) CAPITULO 0302
- C) Secretaria General y dependencias.
- D) Programa II.
- E) Servicios Generales.
Servicios personales.
| 101 111. Del artículo 3022. Sueldos del personal supernumerario | $ 13.200.00 | $ 13.200.00 |
|---|---|---|
| Transferencias 106 111. Del artículo 3028. Comisiones al Exterior (capacitación técnica) | $ 5.000.00 | $ 5.000.00 |
| B) Rama Técnica. CAPITULO 0303 Establecimientos de Detención, Pena y Medidas de Seguridad. Programa I. Administración de los establecimientos de Detención, pena y Medidas de Seguridad. Servicios personales. 101 125. Del artículo 3030 Jornales | $ 150.000.00 | $ 150.000.00 |
| CAPITULO 0304 Establecimientos de observación, protección y reeducación de menores. Programa I. Administración de los establecimientos de observación, protección y reeducación de menores. Gastos generales. 105 123. Del artículo 3060. Mantenimiento y aseguros | $ 120.00.00 | $ 120.00.00 |
| CAPITULO 0306 Superintendencia de Notariado y Registro. Transferencias. 204 111. Del artículo 3095. Subsidio a las Notarías y Oficinas de Registro | 21.901.00 | 310.101.00 |
| Rama Jurisdiccional. CAPITULO 1501 Corte Suprema de Justicia. Servicios personales. 101 124. Del artículo 15003. Jornales | 5.000.00 | 5.000.00 |
| CAPITULO 1502 Tribunales superiores de Distrito Judicial. Servicios personales 101 124. Del artículo 15013. Jornales | 5.000.00 | 5.000.00 |
| CAPITULO 1503 Juzgados Superiores de Distrito Judicial. Servicios personales 101 124. Del artículo 15022. Jornales | 2.360.00 | 2.360.00 |
| CAPITULO 1504 Juzgados del Circuito y del Trabajo. Servicios personales. 101 124. Del artículo 15031. Jornales | 1.040.00 | 1.040.00 |
| CAPITULO 1505 Juzgados de Menores. Servicios personales. 101 124. Del artículo 15040. Jornales | 2.000.00 | 2.000.00 |
| CAPITULO 1507 Cuerpo Auxiliar de la Rama Jurisdiccional. Servicios personales. 101 124. del artículo 15058. Jornales | 5.000.00 | 5.000.00 |
| CAPITULO 1509 Consejo de Estado. Servicios personales. 101 124. Del artículo 15088. Jornales | 1670.00 | 1670.00 |
| CAPITULO 1510 Tribunales Administrativos. Servicios personales. 101 124. Del artículo 15088. Jornales | 780.00 | 780.00 |
| CAPITULO 1511 Ministerio Público. Procuraduría General de la Nación. Servicios Generales 101 124. Del artículo 15098. Jornales | 2.000.00 | 2.000.00 |
| CAPITULO 1513 Fiscalías de los Juzgados Superiores. Servicios personales. 101 124. Del artículo 5116. Jornales | 2.340.00 | 27.190.00 |
| Suman los contracréditos | $ 337.291.00 | $ 337.291.00 |
| Créditos. A) Dirección del Ministerio. CAPITULO 0301 Gabinete del Ministro Servicios generales. 102 111. Al artículo 3004. Indemnización por vacaciones | $ 3.550.00 | $ 3.550.00 |
| Gastos generales 106 111. Al artículo 3010. Impresos y publicaciones | 25.000.00 | 25.000.00 |
| CAPITULO 0302 Secretaria General y dependencias. Programa I. Administración de la Secretaria. Servicios personales. 102 111. Al artículo 3014. Indemnización por vacaciones | 10.000.00 | 10.000.00 |
| Gastos generales. 106 111. Al artículo 3017. Materiales y suministros | 20.000.00 | 20.000.00 |
| 105 111. Al artículo 3018. Compra de equipo | 20.000.00 | 20.000.00 |
| 105 111. Al artículo 3019. Mantenimiento y aseguros | 30.000.00 | 30.000.00 |
| Programa II. Servicios Generales. Gastos generales. 106 111. Al artículo 3027. Gastos varios e imprevistos | 65.000.00 | 65.000.00 |
| B) Rama Técnica. CAPITULO 0303 Establecimientos de Detención, Pena y Medidas de Seguridad. Programa I. administración de los Establecimientos de Detención, Pena y Medidas de Seguridad. Servicios personales. 102 125. Al artículo 3032. Indemnización por vacaciones | $ 5.000.00 | $ 5.000.00 |
| Gastos generales 106 125. Al artículo 3040. Impresos y publicaciones | $ 10.000.00 | $ 10.000.00 |
| CAPITULO 0305 Instituto y Oficinas de Medicina Legal. Servicios personales. 102 111. Al artículo 3073. Indemnización por vacaciones | 1.000.00 | 1.000.00 |
| Gastos generales. 106 111. Al artículo 3074 Viáticos y gastos de viaje | 3.000.00 | 3.000.00 |
| 106 111. Al artículo 3076. Materiales y suministros | 11.541.00 | 11.541.00 |
| 105 111. Al artículo 3077. Compra de equipo | 10.000.00 | 10.000.00 |
| C) Rama Administrativa. CAPITULO 0307 Departamento de Presupuesto, Control, Pagaduría y Almacén. Servicios personales. 102 111. Al artículo 3099. Indemnización por vacaciones | 3.000.00 | 3.000.00 |
| Gastos generales. 105 111. Al artículo 3104. Mantenimiento y aseguros | 2.500.00 | 219.591.00 |
| Rama Jurisdiccional. CAPITULO 1502 Tribunales Superiores del Distrito Judicial. Gastos generales. 105 124. Al artículo 15018. Compra de equipo | 10.000.00 | 10.000.00 |
| --- | --- | --- |
| CAPITULO 1503 Juzgados Superiores de Distrito Judicial. Gastos generales. 106 124. Al artículo 15026. Materiales y suministros | 5.000.00 | 5.000.00 |
| CAPITULO 1507 Cuerpo Auxiliar de la Rama Jurisdiccional. Servicios personales. 102 124. Al artículo 15060. Indemnización por vacaciones | 45.000.00 | 45.000.00 |
| Gastos generales 106 124. Al artículo 15080. Viáticos y gastos de viaje | 6.000.00 | 6.000.00 |
| 105 124. Al artículo 15083. Compra de equipo | 15.000.00 | 15.000.00 |
| Ministerio Público. CAPITULO 1511 Procuraduría General de la Nación. Gastos generales. 105 124. Al artículo 15104. Compra de equipo | 4.100.00 | 4.100.00 |
| CAPITULO 1513 Fiscalías de los Juzgados Superiores. Servicios personales. 101 124. Al artículo 15115. Sueldos del personal de nomina | 12.000.00 | 12.000.00 |
| 102 124. Al artículo 15117. Prima de Navidad | 600.00 | 117.700.00 |
| Suman los créditos | $ 337.291.00 | $ 337.291.00 |
Artículo 2° El presente Decreto rige desde la fecha de su expedición.
Comuníquese, publíquese y cúmplase.
Dado en Bogotá, D.E., a 21 de septiembre de 1961
ALBERTO LLERAS
El Ministro de Hacienda y crédito Público,
Misael Pastrana Borrero.
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