Por el cual se crean temporalmente varias plazas de carteros para la oficina central de telégrafos de Bogotá
El Presidente de la República de Colombia,
en uso de sus facultades legales, y
CONSIDERANDO
que con motivo de las fiestas de Navidad, Pascuas y Año Nuevo que se avecinan, se aumenta considerablemente el número de despachos telegráficos, y con el fin de que su entrega se haga oportunamente a los interesados,
DECRETA:
Artículo único. A partir del vía veintitrés (23) del mes en curso, y hasta el día seis (6) de enero, Inclusive, de 1935, créanse catorce plazas de Garleros para la Oficina Central de Telégrafos de Bogotá, los cuales devengarán a razón de $ 1-50 diarios cada uno. Por, resolución del Ministerio se harán los respectivos nombramientos.
Parágrafo. El gasto que demande la ejecución del presente Decreto se imputará a los artículos para el pago de personal, de los presupuestos correspondientes.
Comuníquese y publíquese.
Dado en Bogotá a 13 de diciembre de 1934.
ALFONSO LOPEZ
El Ministro de Correos y Telégrafos,
Benjamín SILVA HERRERA
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