Por el cual se hacen unas traslaciones en el Presupuesto de Gastos de funcionamiento para la vigencia fiscal de 1961. (Ministerio de Salud Pública), por $ 1.003.000.00
El Presidente de la República de Colombia
en uso de sus facultades legales; y especialmente de las que le confiere la Ley 28 de 1961, y
CONSIDERANDO:
Que por medio del parágrafo, del artículo 7° de la Ley 28 de 1961, sé autorizó al Gobierno Nacional para hacer las traslaciones necesarias en el presupuesto de gastos de funcionamiento de cada Ministerio, o Departamento; Administrativo, sin variar la asignación, global correspondiente a cada entidad, con el único requisito de la expedición del Certificado de Disponibilidad por el Contralor General de la República;
Que para el normal desarrollo de las labores del Ministerio de Salud Pública, es necesario hacer algunas traslaciones dentro de su presupuesto de funcionamiento, y
Que para amparar las traslaciones dé que se trata, la Contraloría General de la República expidió el Certificado de Reserva y Disponibilidad número 59 de 1961, por la cantidad de $ 1.003.000.00;
DECRETA:
Artículo 1° Mácense las siguientes traslaciones en el Presupuesto de Gastos de funcionamiento para la vigencia fiscal de 1961, con base en el Certificado do Reserva y. Disponibilidad número 59 del mismo año, expedido por la Contraloría General de la República:
AQUÍ PDF DIARIO OFICIAL30626 (TABLA DE PRESUPUESTO) PÁG. 5 A 7.
Comuníquese y publíquese
Dado en Bogotá D. E., A 18 de septiembre de 1961.
ALBERTO LLERAS
El Ministro de Hacienda y Crédito Público,
Misael Pastrana Borrero
El Ministro de Obras Públicas,
Carlos Obando Velasco
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