Por el cual se hace un nombramiento en la Planta de Personal del Ministerio de Salud
El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, especialmente las que le confiere la Constitución Política artículo 120 numeral 5.°; y la Ley 61 de 1987 artículo 4°,
DECRETA:
Artículo 1.° Nombrar provisionalmente por el término de cuatro (4) meses, al doctor Yesid Preciado Guzmán, para que desempeñe las funciones del cargo de Profesional Especializado Código 3010 -Grado 08, del Fondo Rotatorio de Estupefacientes de la Dirección de Vigilancia y Control del Ministerio de Salud, con una asignación básica mensual de $ 140.250.00, cargo vacante.
Artículo 2.° El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicación.
Publíquese y cúmplase.
Dado en Bogotá, D. E., a 17 de octubre de 1989.
VIRGILIO BARCO
El Ministro de Salud,
Eduardo Díaz Uribe.
La consulta de este documento no sustituye la lectura del Diario Oficial correspondiente. No nos responsabilizamos de posibles incorrecciones producidas en la transcripción del original a este formato.
Este texto se publica bajo las condiciones de reutilización propias de SUIN-Juriscol, no bajo una licencia de Legalize ni de dominio público.
SUIN-Juriscol
Textos normativos oficiales del Estado colombiano, reproducibles conforme al art. 41 de la Ley 23 de 1982, con la obligación de conformarse con la edición oficial. Los campos editoriales que acompañan a cada norma (vigencia, subtipo, sector, materia) y el historial de reformas provienen de la anotación de SUIN-Juriscol (Ministerio de Justicia y del Derecho); Legalize no reclama derechos sobre ellos, ni reproduce el formato, el diseño ni la marca del portal. La licencia MIT cubre el código del pipeline, nunca el contenido normativo.