Por el cual se dicta una medida relacionada con el orden público
El Presidente de la República de Colombia,
en uso de sus facultades legales, y
CONSIDERANDO
Que es necesario atender de manera inmediata a los diversos gastos de aquellas Unidades del Ejército que en guarda del orden público tienen, o deben destacar el total o parte de su personal; y
Que las apropiaciones ordinarias del Ministerio de Guerra para la actual vigencia fiscal se hallan agotadas,
DECRETA:
Artículo 1° Mientras se adicionan las apropiaciones ordinarias del ramo de Guerra para la actual vigencia podrá atenderse, con cargo a las extraordinarias, al pago do los servicios de aquellas Unidades que deban atender a la conservación del orden público.
Artículo 2° Una vez adicionado el Presupuesto ordinario, se reintegrarán al extraordinario las sumas que de éste se hubieren lomado como consecuencia de las disposiciones del presente Decreto.
Comuníquese y publíquese.
Dado en Bogotá a 14 de diciembre de 1934.
ALFONSO LOPEZ
El Ministro de Gobierno,
Darío ECHANDIA
El Ministro de Hacienda y Crédito Público,
Jorge SOTO DEL CORRAL
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