Por el cual se destina una partida

Rango Decreto
Publicación 1936-10-28
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE EDUCACION NACIONAL
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República de Colombia,

en uso de sus atribuciones legales,

DECRETA:

Artículo único. De la partida de cincuenta mil pesos ($ 50,000), volada en el artículo 293, capítulo 50 de la Ley de Apropiaciones vigente, para institutos de artes y oficios en las ciudades que determine el Gobierno, de conformidad con la Ley 12 de 1934, destínasele la suma de diez mil pesos ($ 10,000), para la Escuela de Artes y Oficios que funciona en Medellín.

Comuníquese y publíquese.

Dado en Bogotá a 18 de septiembre de 1936.

ALFONSO LOPEZ

El Ministro de Educación Nacional,

Darío ECHANDIA

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