Por el cual se modifican los cómputos líquidos del Presupuesto Nacional de Rentas

Rango Decreto
Publicación 1948-07-26
Estado Vigente
Departamento CONGRESO DE LA REPÚBLICA
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República de Colombia,

en uso de las atribuciones que le confiere el artículo 121 de la Constitución Nacional,

DECRETA:

Artículo único. Modificanse los cómputos líquidos del Presupuesto Nacional de Rentas y recursos del Tesoro de la Nación, para el año fiscal de 1° de enero a 31 de diciembre de 1948, así:

AQUÍ PDF DIARIO 26777 (TABLA DE PRESUPUESTO) PÁG 6 Y 7.

Comuníquese y publíquese.

Dado en Bogotá a 13 de julio de 1948.

MARIANO OSPINA PEREZ

El Ministro de Gobierno,

Darío ECHANDIA

El Ministro de Relaciones Exteriores,

Eduardo ZULETA ANGEL

El Ministro de de Justicia,

Samuel ARANGO REYES

El Ministro de Hacienda y Crédito Público,

José María María BERNAL

El Ministro de Guerra, Teniente General

Germán OCAMPO

El Ministro de Agricultura y Ganadería,

Pedro CASTRO MONSALVO

El Ministro del Trabajo,

Evaristo SOURDIS

El Ministro de Higiene,

Jorge BEJARANO

El Ministro de Comercio e Industrias,

José del Carmen Mesa M.

El Ministro de Minas y Petróleos,

Alonso ARAGON QUINTERO

El Ministro de Educación Nacional,

Fabio LOZANO Y LOZANO

El Ministro de Correos y Telégrafos,

José Vicente DAVILA

El Ministro de Obras Públicas,

Luis Ignacio ANDRADE.

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