Por el cual se suprime un empleo en el Ramo Telegráfico
El Presidente de la República de Colombia,
En ejercicio de sus facultades legales,
DECRETA:
Artículo único. Suprímese la plaza de Copista de la Oficina Telegráfica del Socorro, por innecesaria.
Parágrafo. Este Decreto empezará á surtir sus efectos desde el día 1. ° de Abril próximo.
Comuníquese y publíquese.
Dado en Bogotá, á 18 de Marzo de 1910.
RAMON GONZALEZ VALENCIA
El Ministro de Gobierno,
miguel ABADIA MENDEZ
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