Por el cual se crean unos empleos en el ramo telegráfico
El Presidente de la República de Colombia,
en uso de sus facultades legales,
decreta:
Artículo 1.° Créase el empleo de Jefe del Depósito de Útiles y Materiales Telegráficos en Manizales, con la asignación mensual de $ 60, y el de Guarda Empacador del mismo Depósito, con la de $ 25.
Artículo 2.° Para el primero de los dos empleos mencionados fijase como caución la suma de $ 2,000.
Comuníquese y publíquese.
Dado en Bogotá a 11 de febrero de 1915.
JOSE VICENTE CONCHA
El Ministro de Gobierno,
miguel ABADIA MENDEZ
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