Por el cual se hacen unos traslados en el Presupuesto vigente

Rango Decreto
Publicación 1945-09-28
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO
Fuente SUIN-Juriscol
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(Ministerio de Obras Públicas).

El Presidente de la República de Colombia,

en uso de sus atribuciones legales, y

CONSIDERANDO

que el Consejo de Ministros, en su sesión del día 19 de .septiembre del año en curso, autorizó al Ministerio de Hacienda y Crédito Público para efectuar unos traslados dentro de las apropiaciones del Ministerio de Obras Públicas, según consta en el acta respectiva,

DECRETA:

Artículo 1° Hácense los siguientes traslados en el Presupuesto vigente:

MINISTERIO DE OBRAS PUBLICAS

Departamento de Santander.

Capítulo 96.

Del artículo 1858. Para la construcción de los mataderos públicos en Guapotá, Hato, Chima, Páramo, Palmar, Palmas y Gámbita, por partes iguales cada uno $ 5.000.00
Departamento de Santander. Departamento de Santander. Departamento de Santander.
Capítulo 93. Capítulo 93. Capítulo 93.
Al artículo 1702. Para la construcción de la carretera Guaca-El Colorado $ 5.000.00
Artículo 2° El presente Decreto rige desde su fecha. Artículo 2° El presente Decreto rige desde su fecha. Artículo 2° El presente Decreto rige desde su fecha.
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Comuníquese y publíquese.

Dado en Bogotá a 20 de septiembre de 1945.

ALBERTO LLERAS

El Ministro de Hacienda y Crédito Público,

Francisco de P. PEREZ

El Ministro de Obras Públicas,

Alvaro DIAZ

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