Por el cual se fijan las asignaciones de los Magistrados y del personal subalterno del Tribunal Supremo de Aduanas, y se crean unos cargos

Rango Decreto
Publicación 1955-09-20
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO
Fuente SUIN-Juriscol
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Supremo de Aduanas, y se crean unos cargos

El Presidente de la República de Colombia,

en uso de sus atribuciones legales, y en especial de las que le confiere el artículo 4° del Decreto 2218 de 1950,

DECRETA:

Artículo 1° A partir del 1° de agosto del presente año, el personal y asignaciones del Tribunal Supremo de Aduanas y de la Fiscalía de esta corporación, serán los siguientes:

Tribunal Supremo de Aduanas

Cinco (5) Magistrados, cada uno $ 1.500.00
Un (1) Secretario 1.000.00
Un (1) Oficial Mayor 600.00
Seis (6) Auxiliares 4os. Escribientes, cada uno 350.00
Un (1) Portero Notificador 250.00
Fiscalía del Tribunal Supremo de Aduanas
Dos (2) Fiscalales, cada uno
$ 1.500.00
Dos (2) Auxiliares 4os. Escribientes, cada uno 350.00
Artículo 2° A partir del 15 de agosto, créase el Juzgado Distrital de Aduanas de Medellín, y fíjanse el siguiente personal y asignaciones:
--- ---
Un (1) Juez
$ 1.000.00
Un (1) Secretario 700.00
Un (1) Sustentador 600.00
Un (1) Portero Notificador 250.00
Parágrafo. La jurisdicción territorial del Juzgado Distrital de Aduanas de Medellín, será fijada por medio de Reglamento General de Aduanas.
Artículo 3° Cada uno de los Juzgados de Instrucción Penal Aduanera, creados por medio del artículo 19 del Decreto 700 de 1954, tendrá el siguiente personal y asignaciones, a partir del 1° de agosto:
--- ---
Un (1) Juez
$ 1.500.00
Un (1) Secretario 500.00
Artículo 4° Quedan derogadas las disposiciones contrarias al presente Decreto, el cual rige desde su fecha.

Comuníquese y cúmplase.

Dado en Bogotá a 31 de agosto de 1955

Gral. Jefe Supremo GUSTAVO ROJAS PINILLA,

Presidente de Colombia.

El Ministro de Hacienda y Crédito Público,

Carlos Villaveces.

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