Por el cual se reclasifican unos cargos en los Distritos de Obras Públicas Nacionales, dependientes del Ministerio de Obras Públicas
El Presidente de la República de Colombia.
en uso de sus facultades legales, y en desarrollo decretos números 0550 y 1650 de 1960 y 235 de 19363, oído el concepto favorable de la Comisión Nacional del Servicio Civil.
DECRETA:
Artículo 1° Reclasificanse los siguientes cargos en los distritos de Obras Públicas Nacionales, dependientes del Ministerio de Obras Públicas:
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