Por el cual se crea el Departamento Administrativo del Servicio Civil

Rango Decreto
Publicación 1958-01-18
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE GOBIERNO
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República de Colombia,

CONSIDERANDO:

Que por Decreto número 3518 de 9 de noviembre de 1949, se declaró turbado el orden público y en estado de sitio todo el territorio de la Republica;

Que es conveniente organizar técnicamente la administración del personal al servicio del Gobierno, para garantizar la mayor eficiencia en la Administración Publica,

DECRETA:

Artículo 1º Crease el Departamento Administrativo del Servicio Civil, que estará encargado de organizar el servicio civil y la carrera administrativa. La carrera administrativa deberá basarse en la lealtad, competencia y buena conducta de los empleados públicos, exigir requisitos severos para el ingreso, garantizar la estabilidad en el servicio público, ofrecer ascensos en relación con los méritos y estimular la permanencia en dicho servicio. Este Departamento, además, estará encargado de la administración del personal al servicio del Gobierno Nacional, de acuerdo con la reglamentación que se dicte.
Artículo 2º Autorizase al Gobierno para establecer la organización y funciones del Departamento Administrativo del Servicio Civil, para crear y refundir empleos, determinar funciones y fijar las asignaciones.
Artículo 3º Autorizase al Gobierno para abrir los créditos y hacer los traslados necesarios con el fin de dar cumplimiento a las disposiciones del presente Decreto.
Artículo 4º Este Decreto rige desde la fecha de su expedición y suspende las disposiciones que le sean contrarias.

Comuníquese y publíquese.

Dado en Bogotá a 18 de septiembre de 1956.

General Jefe Supremo GUSTAVO ROJAS PINILLA,

Presidente de Colombia

El Ministro de Gobierno,

Lucio Pabón Núñez

El Ministro de Relaciones Exteriores,

Evaristo Sourdis.

El Ministro de Justicia, encargado del Ministerio de Minas y Petróleos,

Pedro Manuel Arenas.

El Ministro de Hacienda y Crédito Público,

Carlos Villaveces.

El Ministro de Guerra,

Mayor General Gabriel Paris.

El Ministro de Trabajo, encargado del Ministerio de Agricultura,

Cástor Jaramillo Arrubla.

El Ministro de Fomento, encargado del Ministerio de Obras Públicas,

Teniente Coronel Mariano Ospina Navia.

El Ministro de Educación Nacional, encargado del Ministerio de Salud Pública,

Gabriel Betancur Mejia.

El Ministro de Comunicaciones,

Mayor General Gustavo Berrio M

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