por el cual se modifica la estructura de la Superintendencia de Vigilancia y Seguridad Privada y se dictan otras disposiciones

Rango Decreto
Publicación 2006-07-17
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE DEFENSA NACIONAL
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de las facultades constitucionales y legales que le confieren el numeral 16 del artículo 189 de la Constitución Política y el artículo 54 de la Ley 489 de 1998,

DECRETA:

CAPITULO I.

De la naturaleza jurídica, objetivos, competencia y funciones

Artículo 1º. Naturaleza jurídica.La Superintendencia de Vigilancia y Seguridad Privada es un organismo del orden nacional, de carácter técnico, adscrito al Ministerio de Defensa Nacional, con autonomía administrativa y financiera.
Artículo 2º. Objetivos.A la Superintendencia de Vigilancia y Seguridad Privada le corresponde ejercer el control, inspección y vigilancia sobre la industria y los servicios de vigilancia y seguridad privada para alcanzar los siguientes objetivos:
Artículo 3º. Competencia.Corresponde a la Superintendencia de Vigilancia y Seguridad Privada, la inspección, vigilancia y control de los siguientes servicios:
Artículo 4º. Funciones de la Superintendencia de Vigilancia y Seguridad Privada. Para el cumplimiento de los objetivos previstos la Superintendencia, como ente responsable de dirigir, coordinar y ejecutar las funciones de inspección, vigilancia y control sobre los servicios de vigilancia y seguridad privada que se desarrollen en el territorio nacional, cumplirá con las siguientes funciones:

Funciones de reglamentación y autorización

Funciones de asesoría y coordinación

Funciones de información

Funciones de instrucción

Funciones de vigilancia e inspección

Funciones de investigación

Funciones de sanción

Funciones de trámites

CAPITULO II.

Estructura, dependencias y funciones

Artículo 5º. Estructura.La Superintendencia de Vigilancia Privada tendrá la siguiente estructura:

1.1 Oficina de Control Interno.

1.2 Oficina Asesora Jurídica.

1.3 Oficina Asesora de Planeación.

1.4 Oficina de Sistemas

5.1 Comité Asesor de Evaluación de Servicios de Vigilancia y Seguridad Privada.

5.2 Comité de Coordinación del Sistema de Control Interno.

Artículo 6º. Funciones del Superintendente de Vigilancia y Seguridad Privada.Son funciones del Superintendente de Vigilancia y Seguridad Privada, como Jefe del Organismo, además de las señaladas en la Constitución Política y las leyes, las siguientes:
Artículo 7º. Funciones de la Oficina de Control Interno.Corresponde a la Oficina de Control Interno el desarrollo de las siguientes funciones:
Artículo 8º. Funciones de la Oficina Asesora Jurídica.Corresponde a la Oficina Asesora Jurídica el desarrollo de las siguientes funciones:
Artículo 9º. Funciones de la Oficina Asesora de Planeación.Corresponde a la Oficina Asesora de Planeación el desarrollo de las siguientes funciones:

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