por el cual se establece la planta de personal de la Dirección General del Presupuesto del Ministerio de Hacienda y Crédito Público

Rango Decreto
Publicación 1991-10-21
Estado Derogada
Departamento MINISTERIO DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de las facultades que le confiere el numeral 14 del artículo 189 de la Constitución Política de Colombia y en desarrollo del Decreto-ley 1642 del 27 de junio de 1991,

DECRETA:

Artículo 1º Las funciones propias de las distintas dependencias de la Dirección General del Presupuesto del Ministerio de Hacienda y Crédito Público, serán desarrolladas por la planta global de personal que a continuación se establece:
No. de cargos Denominación del cargo Código Grado
1 Director General del Presupuesto 0130 14
4 Subdirector de Ministerio 0150 08
1 Asesor 1020 07
2 Asesor 1020 04
1 Jefe de Oficina 2045 21
14 Jefe de División 2040 16
1 Controlador Presupuestal 2200 13
1 Jefe de División 2040 12
14 Profesional Especializado 3010 16
17 Profesional Especializado 3010 15
15 Profesional Especializado 3010 14
6 Especialista en Presupuesto 3140 14
12 Especialista en Presupuesto 3140 13
13 Profesional Especializado 3010 13
30 Profesional Especializado 3010 12
45 Profesional Especializado 3010 10
16 Profesional Especializado 3010 08
9 Profesional Universitario 3020 08
20 Profesional Universitario 3020 06
3 Profesional Universitario 3020 04
2 Analista de Sistemas 4005 15
2 Asistente Administrativo 4140 15
13 Técnico en Presupuesto 4035 14
1 Analista de Sistemas 4005 13
2 Asistente Administrativo 4140 12
2 Programador de Sistemas 4060 12
2 Asistente Administrativo 4140 10
2 Técnico Administrativo 4065 09
1 Técnico Administrativo 4065 07
1 Técnico Operativo 4080 07
2 Coordinador 5005 17
6 Secretario Ejecutivo 5040 17
10 Secretario Ejecutivo 5040 15
1 Coordinador 5005 15
1 Secretario Ejecutivo 5040 13
1 Auxiliar Administrativo 5120 11
11 Secretario Ejecutivo 5040 11
6 Secretario 5140 10
4 Auxiliar Administrativo 5120 09
5 Secretario 5140 08
7 Auxiliar y Administrativo 5120 07
2 Ayudante de Oficina 5155 05
1 Auxiliar de Servicios Generales 6035 05
309 Total
Artículo 2º. El Director distribuirá los cargos y ubicará el personal de acuerdo con los planes, programas y necesidades del servicio, de conformidad con lo establecido en el artículo 96 del Decreto 1642 de 1991.
Artículo 3º El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicación y deroga todas las disposiciones que le sean contrarias, el especial el Decreto 1133 de mayo 30 de 1990.

Publíquese y cúmplase.

Dado en Santa Fe de Bogotá, D. C., a 18 de octubre de 1991.

CESAR GAVIRIA TRUJILLO

El Viceministro de Hacienda y Crédito Público encargado de las funciones del Despacho del Ministro de Hacienda y Crédito Público,

Héctor José Cadena Clavijo.

El Director del Departamento Administrativo del Servicio Civil,

Carlos Humberto Isaza Rodríguez.

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