Por el cual se destina una partida para sostener una clase de pedagogía en la Universidad de Nariño
El Presidente de la República de Colombia,
En uso de sus facultades legales,
decreta:
Destínase la suma de doscientos diez pesos ($ 210) oro anuales para sostener una clase de pedagogía en la Universidad de Nariño.
Comuníquese y publíquese.
Dado en Bogotá, á 4 de Marzo de 1909.
R. REYES
El Ministro de Instrucción Pública,
emiliano ISAZA
La consulta de este documento no sustituye la lectura del Diario Oficial correspondiente. No nos responsabilizamos de posibles incorrecciones producidas en la transcripción del original a este formato.