Por el cual se reglamenta la adjudicación de cuatro pensiones alimenticias

Rango Decreto
Publicación 1943-02-11
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE EDUCACION NACIONAL
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República de Colombia,

en uso de sus facultades legales, y teniendo en cuenta lo dispuesto por la ley 179 de 1936,

DECRETA:

Artículo 1° Con los fondos provenientes de los intereses de la suma de cien mil pesos $ 100.000.00 que le fue incautada al Colegio Pinillos de Mompós, créanse cuatro pensiones alimenticias de a veinticinco pesos ($25.00) cada una, dos para cursar estudios de bachillerato y dos para estudios universitarios, que adjudicará el Ministerio de Educación Nacional, a los estudiantes que hayan aprobado con las más altas calificaciones los cursos correspondientes en el Colegio Pinillos, de la ciudad de Mompós.
Artículo 2° A las resoluciones sobre adjudicación de estas pensiones alimenticias, le serán aplicados los preceptos del Decreto .1200 de 1939, reglamentario del ramo de becas nacionales.

Comuníquese y publíquese.

Dado en Bogotá a 3 de febrero de 1943.

ALFONSO LOPEZ

El Ministro de Trabajo, Higiene y Previsión Social, encargado del Despacho de Educación Nacional,

Arcesio LONDOÑO PALACIO

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