Por el cual se hace una supresión en el personal de una de las oficinas directas del Ministerio de Correos y Telégrafos

Rango Decreto
Publicación 1949-02-24
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE CORREOS Y TELEGRAFOS
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República de Colombia,

en uso de sus atribuciones legales, y en especial de las conferidas por el parágrafo 3º del artículo 1º de la Ley 66 de 1926,

DECRETA:

Artículo único. A partir del día 10 del presente mes, suprímese la plaza de Oficial de Investigaciones de la Sección jurídica del Ministerio de Correos y Telégrafos, con asignación mensual de $ 250, cargo que viene desempeñando el señor Rafael Gómez Quiroga.

Parágrafo. La partida anterior corresponde al Capítulo 96, articuló 1979, del Presupuesto vigente.

Comuníquese y cúmplase.

Dado en Bogotá, a 8 de febrero de 1949.

MARIANO OSPINA PEREZ

El Ministro de Hacienda y Crédito Público, José María BERNAL- El Ministró de Correos y Telégrafos, José Vicente DAVILA TELLO.

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