Por el cual se hacen unos traslados en el Presupuesto de Gastos para la vigencia fiscal de 1970 (Ministerio de Salud Pública) por $ 3.000.000.00

Rango Decreto
Publicación 1971-01-29
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República de Colombia,

en uso de sus facultades legales, y

CONSIDERANDO:

Que por medio del numeral 3º del artículo 56 de la Ley 11 de 1969, se autorizó al Gobierno Nacional para abrir créditos y efectuar traslados dentro del Presupuesto de Gastos para la vigencia fiscal de 1970, con el objeto de garantizar la buena marcha de la Administración Pública, el cumplimiento de los programas de Inversión y los compromisos contractuales con los organismos internacionales de crédito.

Que el Ministerio de Salud Pública, por medio de la resolución número 01592 de 1970, declaró sobrantes los saldos de unas apropiaciones de su Presupuesto de Gastos para la vigencia fiscal de 1970, con el objeto de que sean trasladados para incrementar otras apropiaciones de su mismo Presupuesto que resultaron insuficientes, por un valor total de $3.000.000.00.

Que de conformidad con lo dispuesto en el artículo 83 del Decreto -ley 1675 de 1964, el Contralor General de la república expidió el Certificado de Reserva y Disponibilidad número 64 de 1970, por un valor igual al que se trata de transferir, y

Que se han cumplido los requisitos legales para la tramitación de esta clase de negocios,

DECRETA:

Artículo 1º. Hácense los siguientes traslados en el Presupuesto de Gastos para la vigencia fiscal de 1970:

PRESUPUESTO DE FUNCIONAMIENTO

Contracréditos:

MINISTERIO DE SALUD PÚBLICA

Capítulo 231

Ministerio de Salud Pública

Programa 251

Dirección Superior

Servicios personales

101,111,103.Artículo 2301 Sueldos del personal de nómina $139.130.00
101,111.111. Artículo 2303. Honorarios 10.000.00
02, 111,120. Artículo 2304. Prima Técnica 160.000.00

Gastos generales

106, 111,207. Artículo 2309. Servicios de Comunicaciones 18.000.00

Programa 252

Atención médica

Subprograma 1. Administración

Servicios personales

101,351,103.Artículo 2323 Sueldos del personal de nómina 277.000.00
102,351, 120. Artículo 2324. Prima Técnica 735.000.00

Gastos Generales

106,351, 207. Artículo 2329 Servicios de comunicaciones 15.000.00

Programa 253

Administración de campañas directas

Transferencias:

205, 355, 103. Artículo 2393. Subsidio para enfermos de lepra 1.355.580.00

Programa 254

Saneamiento ambiental

Servicios personales

101, 355, 103. Artículo 2393. Sueldos del personal de nómina. 17.460.00
102, 355,120. Artículo 2394. Prima Técnica 140.000.00

Gastos Generales

106, 355, 207. Artículo 2399. Servicios de comunicaciones 25.000.00

Programa 255

Servicios Administrativos

Servicios personales

101, 351,103. Artículo 2406. Sueldos del personal de nómina 107.830.00
Suman los créditos $3.000.000.00

Créditos:

PRESUPUESTO DE FUNCIONAMIENTO

MINSITERIO DE SALUD PUBLICA

Capítulo 231

Ministerio de Salud Pública

Programa 251

Dirección Superior

Transferencias

203, 351,411. Artículo 2320. Para Programa de Emergencia Sanitaria 3.000.000.00
Suma el crédito $3.000.000.00
Artículo 2º. el presente Decreto rige desde la fecha de su expedición.

Comuníquese y publíquese.

Dado en Bogotá, D. E., a 4 de diciembre de 1970.

MISAEL PASTRANA BORRERO

El Ministro de Hacienda y Crédito Público, Alfonso Patiño Roselli.

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