por el cual se autoriza el ejercicio de parte de dos apropiaciones aplazadas por Decretos números 119 y 265, del 17 y 29, respectivamente, de enero del corriente año

Rango Decreto
Publicación 1947-08-09
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO
Fuente SUIN-Juriscol
Historial de reformas JSON API

El Presidente de la República de Colombia,

En uso de sus atribuciones legales, y

CONSIDERANDO

Que el Consejo de Ministros en su sesión de fecha 18 del mes de julio en curso, teniendo en cuenta las peticiones formuladas por las entidades y ciudadanos interesados, y el concepto favorable sobre el particular del Ministro de Hacienda y Crédito Público, determinó levantar el aplazamiento de parte de dos apropiaciones incorporadas en el Presupuesto vigente, con destino al fomento agrícola en el Departamento de Antioquia, y a auxiliar los damnificados por el incendio ocurrido el año pasado en la ciudad de Chaparral (Tolima), cuyo ejercicio había sido aplazado por los Decretos números 119 y 265 de 1947,

DECRETA:

Artículo 1º Levántese el aplazamiento ordenado según Decretos números 119 y 265, del 17 y 29, respectivamente, de enero de 1947, para parte de las siguientes apropiaciones de la Ley de Gastos vigente:
MINISTERIO DE LA ECONOMIA NACIONAL
CAPÍTULO 55
Departamento de Agricultura.
Artículo 787. Para agricultura y fomento en el Departamento de Antioquia, Ley 52 de 1942 $20.000.00
MINISTERIO DE OBRAS PUBLICAS
CAPÍTULO 109
Auxilios - Damnificados.
Artículo 2337. Para auxiliar a los damnificados por el incendio en la ciudad de Chaparral, Ley. De 1946 35.000.00
Artículo 2º El presente Decreto rige desde su fecha.

Comuníquese y publíquese.

Dado en Bogotá a 18 de julio de 1947.

MARIANO OSPINA PEREZ

El Ministro de Hacienda y Crédito Público,

Francisco de P. PEREZ

El Ministro de la Economía Nacional,

Moisés PRIETO

El Ministro de Obras Públicas

Luis Ignacio ANDRADE

La consulta de este documento no sustituye la lectura del Diario Oficial correspondiente. No nos responsabilizamos de posibles incorrecciones producidas en la transcripción del original a este formato.