por el cual se hacen unos contracréditos y se abren unos créditos adicionales al Presupuesto de Gastos para la vigencia fiscal de 1968 (Departamento Administrativo Nacional de Estadística), por $ 234.206.08

Rango Decreto
Publicación 1968-09-21
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República de Colombia,

en uso de sus facultades legales, y

CONSIDERANDO:

Que, por medio del numeral 3º del artículo 59 de la Ley 45 de 1967, se autorizó al Gobierno Nacional para abrir créditos y efectuar traslados, a partir del primero de enero de 1968, en el Presupuesto de la vigencia fiscal en curso, con el objeto de atender a los gastos que requiera la buena marcha de la Administración Pública, el cumplimiento del programa de inversiones y los compromisos contractuales con los organismos internacionales de crédito;

Que el Gobierno Nacional por medio de las Resoluciones ejecutivas números 236 y 237 de 1968, declaró sobrantes y disponibles para ser contracreditados unos saldos de apropiación en el presupuesto de gastos del Departamento Administrativo Nacional de Estadística, por un total de $ 234.206.08, con el objeto de utilizar el recurso para financiar la apertura de unos créditos adicionales al mismo presupuesto, destinados a la compra de equipo y al pago de deudas de vigencias expiradas;

Que para amparar la operación presupuestal de que se trata, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 83 del Decreto-ley 1675 de 1964, el Contralor General de la República expidió los Certificados de Reserva y Disponibilidad números 24 y 25 de 1968, por un total de $ 234.206.08, y

Que se han cumplido los requisitos legales para la tramitación de esta clase de negocios,

DECRETA:

Artículo 1º. Hácense los siguientes contracréditos al Presupuesto de Gastos para la vigencia fiscal de 1968:
Presupuesto de Funcionamiento.
DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO NACIONAL DE ESTADISTICA
CAPÍTULO 020
Departamento Administrativo Nacional de Estadística.
Programa 061.
Administración del Departamento.
Gastos generales.
106 111 209. Artículo 0204-A. Pago de arrendamiento de buses para movilización del personal 62.750.00
Programa 063.
Recolección y evaluación de estadísticas económico-financieras.
Servicios personales.
101 115 103. Artículo 0210. Sueldos del personal de nómina 115.000.00
Programa 066.
Información y publicaciones.
Servicios personales.
101 115 103. Artículo 0224. Sueldos del personal de nómina 11.456.08
Programa 068.
Servicios generales.
Servicios personales.
101 111 103. Artículo 0234. Sueldos del personal de nómina 45.000.00
Suman los contracréditos 234.206.08
Artículo 2º. Con base en el recurso de que trata el artículo anterior, ábrense los siguientes créditos adicionales al Presupuesto de Gastos para la vigencia fiscal de 1968:
Presupuesto de Funcionamiento.
DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO NACIONAL DE ESTADISTICA
CAPÍTULO 020
Departamento Administrativo Nacional de Estadística.
Programa 068.
Servicios generales.
Gastos generales.
105 111 301. Artículo 0237-A. Compra de equipo 222.750.00
Programa 069.
Pago de vigencias expiradas.
Servicios personales.
101 111 103. Artículo 0242. Sueldos del personal de nómina 200.00
102 111 117. Artículo 0243. Prima de Navidad. 4.283.33
Gastos generales.
106 111 205. Artículo 0244. Servicios de comunicaciones 677.20
106 111 207. Artículo 0245. Servicios públicos 1.305.55
106 111 311. Artículo 0246. Impresos y publicaciones 4.990.00
Suman los créditos 234.206.08
Artículo 3º. El presente Decreto rige desde la fecha de su expedición.

Comuníquese y publíquese.

Dado en Bogotá, D. E. a 7 de septiembre de 1968.

CARLOS LLERAS RESTREPO

Ministro de Hacienda y Crédito Público, Abdón Espinosa Valderrama.

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