Por el cual se abre un crédito adicional al Presupuesto de Rentas e Ingresos y Ley de Apropiaciones para la vigencia fiscal de 1971 (Ministerio de Defensa Nacional), por $ 92.500.000.00
El Presidente de la República de Colombia,
en uso de sus facultades legales, y
considerando:
Que el numeral 1° del artículo 50 de la Ley de 1970, facultó al Gobierno Nacional para incorporar al Presupuesto, por medio de decreto los nuevos recursos tributarios o del crédito y abrir las correspondientes apropiaciones para gastos;
Que de conformidad con la Ley 56 de 1962 y los Decretos legislativos números 1680 de 1942, 1784, 2348, 2361, de 1954 y 1837 de 1865, el Gobierno Nacional contrató con el de los Estados Unidos de América un empréstito para financiar la compra de elementos por valor de US$ 5.000.000.00, que al cambio de 18.50% representan en moneda nacional $92,500.000.00, que es necesario incorporar al Presupuesto.
Que de conformidad con lo dispuesto en el artículo 83 del Decreto-ley número 1675 de 1964, el Contador General de la Republica expidió el Certificado de Disponibilidad número 23 de 1971, por $ 92.500.000 00 para amparar el crédito presupuesta de que trata este Decreto, y
Que se han cumplido los requisitos legales para la tramitación de esta clase de negocios,
decreta:
Artículo 1º Adiciónase los cómputos del Presupuesto de Rentas e Ingresos del Tesoro de la Nación para la vigencia fiscal de 1971, con la cantidad de noventa y dos millones quinientos mil pesos ($2.500.000.00), moneda legal, que con base en el Certificado de Disponibilidad número 23 del mismo año, expedido por el Contralor General de la República, se incorporarán con imputación al siguiente numeral:
Presupuesto de Rentas e Ingresos.
CAPITULO XVI
Recursos del crédito.
| b) Recursos del crédito externo. | b) Recursos del crédito externo. | b) Recursos del crédito externo. |
|---|---|---|
| Numeral 199. Equivalente en pesos del empréstito concedido por el Gobierno de los Estados Unidos de América para la compra de elementos para el Ministerio de Defensa | $ | 92.500.000.00 |
| Suma el recurso | $ | 92.500.000.00 |
Artículo 2º Con base en el recurso de que trata el artículo anterior, abrese el siguiente crédito adicional al Presupuesto de Gastos para la vigencia fiscal de 1971:
| Ministerio de Defensa acional. |
|---|
| CAPITULO 580 |
|---|
| Ministerio de Defensa Nacional |
| Programa 581. |
| Adquisición y renovación de equipo Militar. |
| Ejército Nacional. |
| 450-152. Artículo 5802-A Para legalizar la entrega de los pagarés que se expidan a favor del Gobierno de los Estados. Unidos de América, en virtud de los contratos de 18 y 29 de junio de 1971 | $ | 92.500.000.00 |
|---|---|---|
| Suma el crédito | $ | 92.500.000.00 |
Artículo 3º El presente Decreto rige desde la fecha de su expedición.
Comuníquese y publíquese.
Dado en Bogotá, D. E., a 4 de diciembre de 1971.
misael pastrana borrero
El Ministro de Hacienda y Crédito Público, Rodrigo Llorente M.
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