Por el cual se suprime un cargo y se crea otro en el Ministerio de Minas y Petróleos
El Presidente de la República de Colombia,
en ejercicio de las facultades constitucionales, y en especial las que le confiere el artículo 120, numeral 21 de la Constitución Nacional y de las legales correspondientes,
DECRETA:
Artículo 1º Suprímese el cargo de Jefe de Sección IV-23 Sección de Servicios Generales, Secretaría General.
Artículo 2º Créase el cargo de Jefe de Sección VT-26, sueldo de ingreso $ 5.450.00, Sección de Servicios Generales, Secretaria General.
Artículo 3º El Gobierno o el Ministro procederán, de acuerdo a las disposiciones legales vigentes, a designar la persona que deba ocupar el empleo que se establece en el presente Decreto. El empleado que estando al servicio del Ministerio fuere incorporado en dicho cargo, no requerirá llenar otra formalidad para posesionarse que la firma del Acta respectiva y el pago de impuesto de timbre correspondiente a la diferencia de remuneración si a ello hubiere lugar.
Artículo 4º El reconocimiento de la prima de antigüedad se hará conforme a las previsiones de los Decretos números 2285 y 3191 de 1968.
Artículo 5º El presente Decreto rige a partir de la fecha de su expedición, modifica el Decreto 1222 del 14 de julio de 1972 y deroga todas las disposiciones que le sean contrarias.
Comuníquese, publíquese y cúmplase.
Dado en Bogotá, D. E., a 14 de diciembre de 1972.
MISAEL PASTRANA BORRERO
El Ministro de Hacienda y Crédito Público, Rodrigo Llorente Martínez. El Ministro de Minas y Petróleos, Rafael Caicedo Espinosa. El Jefe del Departamento Administrativo del Servicio Civil, Carmenza Arana de Ramírez.
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