Por el cual se hacen un os traslados en el presupuesto de gastos vigente

Rango Decreto
Publicación 1935-01-10
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE CORREOS Y TELEGRAFOS
Fuente SUIN-Juriscol
Historial de reformas JSON API

El Presidente de la República*de Colombia,*

en uso de sus facultades legales, y

CONSIDERANDO

que en sesión de fecha 17 de los corrientes el honorable Consejo de Ministros emitió dictamen favorable acerca de los traslados propuestos por el señor Ministro de Co­rreos y Telégrafos, con el fin de poder atender a los gastos de que tratan los ar­tículos 221, 222, 224 y 229, capítulos 50 y 51, del Presupuesto vigente,

DECRETA:

Artículo 1° Trasládanse las sumas si­guientes:
Del capítulo 50, artículo 220 $ 2,50
Del capítulo 51, artículo 223 250
Del capítulo 51, artículo 225 4,000
Del capítulo 51, artículo 227 200
Del capítulo 51, artículo 228 1,5
Del capítulo 51, articulo 231 3
Del capítulo 51, artículo 233 250
Del capítulo 51, artículo 237 300
Al capítulo 50 artículo 221 2,000
Al capítulo 50, artículo 222 1,600
Al capítulo 51, artículo 224 6,900
Al capítulo 51, artículo 229 1,500
Sumas iguales. 12,000 12,000
Artículo 2° Dése cuenta de los anterio­res traslados al señor Contralor General de la República. Artículo 2° Dése cuenta de los anterio­res traslados al señor Contralor General de la República.

Comuníquese y publíquese.

Dado en Bogotá a 18 de diciembre de 1934.

ALFONSO LOPEZ

El Ministro de Correos y Telégrafos,

Benjamín SILVA HERRERA

La consulta de este documento no sustituye la lectura del Diario Oficial correspondiente. No nos responsabilizamos de posibles incorrecciones producidas en la transcripción del original a este formato.