Sobre provisión de especies postales

Rango Decreto
Publicación 1919-12-26
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE GOBIERNO
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República de Colombia,

en ejercicio de sus atribuciones legales, y

considerando:

decreta:

Artículo 1° Facúltase al señor Administrados General de Correos para que por medio de la Litografía Nacional, se provea a la Administración del ramo de las estampillas de $ 0-05, $ 0-10, $ 0-20 y $ 0-50, comunes, y de $ 0-10 "Recomendado," en las cantidades y por el tiempo que sean necesarias, mientras se obtienen los sellos de emisión hecha en el Exterior.
Artículo 2° En la fabricación de las estampillas de que trata el artículo anterior, se emplearán los mismo grabados de la emisión últimamente retirada, los cuales llevarán, además, la palabra Provisional en letras del color de la estampilla, sobre faja en blanco que la atraviese diagonalmente.
Artículo 3° Las estampillas de $ 0-00½, $ 0-01 y $ 0-02, de emisión últimamente retirada y de las de $0-03 que actualmente están en circulación y cuya habilitación fue autorizada por los Decretos número 957, de 20 de junio de 1918, y 1160, de 5 de agosto del mismo año, que posteriormente se fabriquen en la Litografía Nacional llevarán también la palabra Provisional en la misma forma de que trata el artículo anterior.
Artículo 4° Quedan en estos términos adicionados los Decretos anteriormente citados.

Comuníquese y publíquese.

Dado en Bogotá a 18 de diciembre de 1919.

MARCO FIDEL SUAREZ-El Ministro de Gobierno, Luis CUERVO MARQUEZ.

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