Por el cual se abren unos créditos adicionales al Presupuesto de Rentas e Ingresos y Ley de Apropiaciones para la vigencia fiscal de 1970 (Departamento Administrativo de Aeronáutica Civil y Ministerio de Educación Nacional), por $ 9.500.000.00

Rango Decreto
Publicación 1971-01-29
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República de Colombia,

en uso de sus facultades legales, y

CONSIDERANDO:

Que por medio del numeral 2° del artículo 56 de la Ley 11 de 1969, se facultó al Gobierno Nacional para reajustar los estimativos de las rentas e ingresos y de los recursos del crédito e incorporarlos al Presupuesto, por medio de Decreto, y abrir las correspondientes apropiaciones para gastos;

Que el Gobierno Nacional estima necesario y conveniente para la buena marcha de la Administración Pública y el normal cumplimiento de los programas de Inversión, abrir unos créditos adicionales al Presupuesto de Gastos para la vigencia fisca1 de 1970, del Departamento Administrativo de

Aeronáutica. Civil y de Ministerio de Educación Nacional, por un valor total de $ 9.500.000.00.

Que de conformidad con lo dispuesto en el artículo 83 del Decreto-ley número 1675 de 1934, el Contralor General de la República expidió el Certificado de Disponibilidad número 23 de 1970, por $ 250.000.000.00, de los cuales se utilizan $ 9.500.000.00 para amparar los créditos presupuéstales de que trata este Decreto, y

Que se han cumplido los requisitos legales para la tramitación de esta clase de negocios,

DECRETA:

PRESUPUESTO DE RENTAS E INGRESOS

CAPITULO I

Numeral 1. Impuesto sobre la renta y complementarios $9.500.000.00
Suma el recurso $9.500.000.00

Artículo 2°. Con base en el recurso de que trata el artículo anterior, ábrense los siguientes créditos adicionales al Presupuesto de Gastos para la vigencia fiscal de 1970:

PRESUPUESTO DE. FUNCIONAMIENTO

MINISTERIO DE EDUCACION NACIONAL

Capítulo 280

Ministerio de Educación Nacional

Programa 316

Educación Elemental

Subprograma 2. Educación Primaria General. Magisterio de Primaria. Restaurante y Territorios .Nacionales;

Transferencias

203, 312, 412. Artículo 2917. Aporte a los Departamentos para sueldos del Magisterio 4.500.000.00
Ordinal 14. Magdalena $4.500.000.00

Presupuesto de Inversión:

Departamento Administrativo-de Aeronáutica Civil

Programa 520

Construcción, reconstrucción y ampliación de

Aeropuertos

Inversión directa:

475, 265. Artículo 5200. Construcción y rehabilitación de Aeropuertos 5.000.000.00
Proyecto 22. Aeropuerto de Ipiales, Nariño. $5.000.000.00
Suman los créditos $9.500.000.00

Artículo 3°. El presente Decreto rige desde la fecha de su expedición.

Comuníquese y publíquese.

Dado en Bogotá, D. E., a 4 de diciembre de 1970.

MISAEL PASTRANA BORRERO

El Ministro de Hacienda y Crédito Público, Alfonso Patiño Rosselli.

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