Por el cual se apropian las sumas necesarias para el sostenimiento de unas becas en dos Colegios
El Presidente de la República de Colombia,
En uso de sus facultades legales,
decreta:
Artículo 1.° Destínase la suma de mil pesos ($ 1,000) oro anuales para sostener diez becas en el Colegio Reyes de Santa Rosa de Viterbo.
Artículo 2.° Destínase la suma de mil doscientos esos ($ 1,200) oro anuales para sostener doce becas en el Colegio de señoritas de Cali.
Comuníquese y publíquese.
Dado en Bogotá, á 4 de Marzo de 1909.
R. REYES
El Ministro de Instrucción Pública,
emiliano ISAZA
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