Por el cual se concede una franquicia telegráfica
El Presidente de la República de Colombia,
En ejercicio de sus facultades legales,
DECRETA:
Artículo único. Concédese franquicia telegráfica al Padre Misionero Fray Estanislao de las Cortes para dirigirse al Ministerio de Obras Públicas sobre asuntos urgentes relacionados con los trabajos de apertura del camino de Pasto al Putumayo, con la limitación de veinticinco palabras para cada caso.
Comuníquese y publíquese.
Dado en Bogotá, á 18 de Marzo de 1910.
RAMON GONZALEZ VALENCIA
El Ministro de Gobierno,
miguel abadia MENDEZ
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