Por el cual se destinan las partidas para sueldos de empleados y alimentación del personal interno de la Escuela Normal de Rurales de Gigante

Rango Decreto
Publicación 1940-02-16
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República de Colombia,

en uso de sus facultades legales,

DECRETA

Artículo único. Para sueldos de empleados y alimentación del personal interno de la Escuela Normal de Rurales de Gigante, se destinan las siguientes partidas, apropiadas en el Presupuesto vigente.

Para sueldos en doce (12) meses, de enero a diciembre, así:

Mensual. Total.
Directora (interna), a $ 200.00 2,400.00
Secretaria Habilitada (interna), a 100.00 1,200.00
Profesoras internas, cuatro, a $ 100.00 cada una 400.00 4,800.00
Médico Profesor (externo), a 70.00 840.00
Dentista Profesor (externo), a 50.00 600.00
Capellán Profesor (externo), a 50.00 600.00
Profesor de Agricultura (externo), a 50.00 600.00
Profesor de Modistería (externo), a 30.00 360.00
Profesora de Dibujo (externa), a 30.00 360.00
Profesora de Música (externa), a 30.00 360.00
Ecónoma (interna), a 60.00 720.00
Administrador de la finca de "Paléstro" (externo), a 50.00 600.00
Chofer (externo), a 50.00 600.00
Servicio doméstico, según distribución que hará la Directora, hasta 100.00 1,200.00
Totales $ 1,270.00 15,240.00
b) Del artículo 1006, capítulo 60.
Para alimentación del personal interno en diez (10) meses, de febrero a noviembre, así. Para alimentación del personal interno en diez (10) meses, de febrero a noviembre, así. Para alimentación del personal interno en diez (10) meses, de febrero a noviembre, así. Para alimentación del personal interno en diez (10) meses, de febrero a noviembre, así.
Mensual. Total.
De siete (7) empleadas internas, hasta $ 18.00 cada una $ 126.00 1,260.00
Del servicio doméstico, hasta 102.00 1,020.00
De cuarenta y seis (46) alumnas internas, hasta $18.00 cada una 828.00 8,280.00
Totales $ 1,056.00 10,560.00

Comuníquese y publíquese.

Dado en Bogotá a 8 de febrero de 1940.

EDUARDO SANTOS

El Ministro de Hacienda y Crédito Público,

Carlos LLERAS RESTREPO

El Ministro de Educación Nacional, el Ministro de Gobierno, encargado,

Alfonso ARAUJO

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