Por el cual se adscriben a la Armada Nacional dos Unidades a flote
El Presidente de la República de Colombia, en uso de sus facultades legales,
DECRETA:
Artículo 1° De conformidad con el artículo, 3° de la Ley 92 de 1948, adscríbanse a la Armada Nacional el Remolcador; de Mar, antiguo USS "Chóctaw", ATF-70, el Dique Flotante, antiguó USS ARD-28, y el Bongó YFND6, cedidos por la Armada de los Estados Unidos de América, según los términos de los respectivos convenios sobre el particular.
Artículo 2° La citada novedad surte efecto desde el trece (13) de enero de 1961, y a partir de tal fecha el Remolcador llevará el nombre de ARC "Pedro de Heredia", y el Dique Flotante; el de ARC "Capitán Rodríguez Zamora", con los distintivos que establezca el Comando de la Armada Nacional.
Comuníquese y cúmplase.
Dado en Bogotá, D. E., a 3 de febrero de 1961.
ALBERTO LLERAS
Julio Cesar Turbay Ayala, Ministros de Relaciones Exteriores Mayor General Rafael Hernández PardoMinistro de Guerra.
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