Por el cual se hacen unos traslados en el Presupuesto de Gastos para la vigencia fiscal de 1971 (Ministerios de Trabajo y Seguridad Social, Educación Nacional, Comunicaciones y Ministerio Público), por $ 5.358.740.00

Rango Decreto
Publicación 1971-12-29
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República de Colombia,

en uso de sus facultades legales, y

considerando:

Que por medio del numeral 3° del artículo 50 de la Ley 4º de 1970, se autorizó al Gobierno Nacional para abrir Créditos y efectuar traslados en el Presupuesto de Gastos para la vigencia fiscal de 1971, con el objeto de garantizar la buena marcha de la Administración. Pública, el cumplimiento de los programas de inversión y los compromisos contractuales Con los organismos de crédito.

Que los Ministerios de Trabajo y Seguridad Social, Educación Nacional, Comunicaciones y el Ministerio Público, por medio de las Resoluciones números 2910, 3002, 6163, 2638 y 2090 de 1971, respectivamente, declararon sobrantes los saldos de unas apropiaciones de su Presupuesto de Gastos para la vigencia fiscal en curso, con el objeto de que sean trasladadas, para incrementar otras apropiaciones de su mismo presupuesto que resultaron insuficientes, por un valor total de $5.358.740.00

Que, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 83 del Decreto-ley 1675 de 1964, el Contralor General de la República expidió los Certificados de Reserva y Disponibilidad números 58, 65, 66, .67 y 68 de 1971, por un valor igual al que se trata de transferir, y Que se han cumplido los requisitos legales para la tramitación de esta clase de negocios,

decreta:

Artículo 1º. Hácense los siguientes traslados en el Presupuesto de Gastos para la vigencia fiscal de 1971.

PRESUPUESTO DE FUNCIONAMIENTO.

CONTRACREDITOS:

Ministerio de Trabajo y Seguridad Social.

Capítulo 0215.

Ministerio de Trabajo y Seguridad Social.

Programa 235.

Empleo y recursos humanos.

Servicios personales.
101 - 331 - 109. Artículo 2206. Remuneración $ 100.000.00
Programa 239. Programa 239. Programa 239.
Fomento y vigilancia cooperativos. Fomento y vigilancia cooperativos. Fomento y vigilancia cooperativos.
Servicios personales. Servicios personales. Servicios personales.
101 - 335 - 103. Artículo 2246. Sueldos del personal de nómina 100.000.00
Ministerio de Educación Nacional Ministerio de Educación Nacional Ministerio de Educación Nacional
Capítulo 281. Capítulo 281. Capítulo 281.
Ministerio de Educación Nacional. Ministerio de Educación Nacional. Ministerio de Educación Nacional.
Programa 313. Programa 313. Programa 313.
Administración de personal. Administración de personal. Administración de personal.
Servicios personales. Servicios personales. Servicios personales.
102 -111-129. Artículo 2869 familiar 620.740.00
Ministerio de Comunicaciones. Ministerio de Comunicaciones. Ministerio de Comunicaciones.
Capítulo 331. Capítulo 331. Capítulo 331.
Ministerio de Comunicaciones. Ministerio de Comunicaciones. Ministerio de Comunicaciones.
Programa 341. Programa 341. Programa 341.
Dirección Superior. Dirección Superior. Dirección Superior.
Servicios personales. Servicios personales. Servicios personales.
101 - 111 - 115. Artículo 3404. Dominicales y días feriados 10.000.00
102,- 111 - 120. Artículo 3406. Prima, técnica 130.000.00
Gastos generales. Gastos generales. Gastos generales.
105- 111 - 201. Artículo 3410. Mantenimiento y aseguros 60.000.00
105 - 111 - 203. Artículo 3411. Compra de equipo 310.000.00
Transferencias.
201 - 332 - 402. Artículo 3418. Capacitación de personal 60.000.00
Programa. 342. Programa. 342. Programa. 342.
Radio. Radio. Radio.
Servicios personales. Servicios personales. Servicios personales.
102 - 272 - 120. Artículo 3427. Prima técnica 40.000.00
Gastos generales. Gastos generales. Gastos generales.
105 - 272 - 201. Artículo 3430. Mantenimiento y aseguros 300.000.00
Programa 343. Programa 343. Programa 343.
Telefonía y telegrafía. Telefonía y telegrafía. Telefonía y telegrafía.
Servicios personales. Servicios personales. Servicios personales.
101 - 272 - 109. Artículo 3439. Remuneración servicios técnicos 65.000.00
102 - 272 - 120. Artículo 3441. Prima técnica 60.000.00
Programa 344. Programa 344. Programa 344.
Servicios postales. Servicios postales. Servicios postales.
Gastos generales. Gastos generales. Gastos generales.
106 - 271 - 205. Artículo 3453. Viáticos y gastos de viaje 70.000.00
Ministerio público. Ministerio público. Ministerio público.
Capítulo 381. Capítulo 381. Capítulo 381.
Procuraduría General de la Nación. Procuraduría General de la Nación. Procuraduría General de la Nación.
Programa 391. Programa 391. Programa 391.
Dirección y Administración de la Procuraduría General de la Nación. Dirección y Administración de la Procuraduría General de la Nación. Dirección y Administración de la Procuraduría General de la Nación.
Servicios personales. Servicios personales. Servicios personales.
101 - 111 - 103. Artículo 3801. Sueldos del personal de nómina 1.500.000.00
Gastos generales. Gastos generales. Gastos generales.
105 - 111 - 201. Artículo 3809, Mantenimiento y aseguros 80.000.00
106 - 111 - 207. Artículo 3812. Servicios de comunicaciones 150.000.00
106 - 111 - 209. Artículo 3813. Servicios públicos 150.000.00
106 - 111 - 213. Artículo 3815. Impresos y publicaciones 100.000.00
Programa 392. Programa 392. Programa 392.
Dirección y Administración de Fiscalías de Tribunales Superiores. Dirección y Administración de Fiscalías de Tribunales Superiores. Dirección y Administración de Fiscalías de Tribunales Superiores.
Gastos generales. Gastos generales. Gastos generales.
106 - 134 - 213. Artículo 3828. Impresos y publicaciones 25.000.00
106 - 134 - 219. Artículo 3829. Gastos varios e imprevistos 20.000.00
Programa 393. Programa 393. Programa 393.
Dirección y Administración de Fiscalías de Juzgados Superiores. Dirección y Administración de Fiscalías de Juzgados Superiores. Dirección y Administración de Fiscalías de Juzgados Superiores.
Gastos generales. Gastos generales. Gastos generales.
105 - 134 - 201. Artículo 3834. Mantenimiento y aseguros 100.000.00
105 - 134 - 209. Artículo 3837. Servicios públicos 20.000.00
106. - 134 - 213. Artículo 3839. Impresos y publicaciones 8.000.00
106 - 134 - 219. Artículo 3840. Gastos varios e imprevistos 30.000.00
Programa 395. Programa 395. Programa 395.
Dirección y Administración de Fiscalías de Juzgados del Circuito. Dirección y Administración de Fiscalías de Juzgados del Circuito. Dirección y Administración de Fiscalías de Juzgados del Circuito.
Servicios personales. Servicios personales. Servicios personales.
101 - 134 - 103. Artículo 3850. Sueldos del personal de nómina 1.000.000.00
Gastos generales. Gastos generales. Gastos generales.
106 - 134 - 205. Artículo 3854. Viáticos y. gastos de viaje 200.000.00
106 - 134 - 209, Artículo 3856, Servicios públicos 20.000.00
106 - 134 - 213. Artículo 3858. Impresos, y publicaciones 40.000.00
106 - 134 - 219. Artículo 3859. Gastos varios e imprevistos 20.000.00
Suman los concréditos $ 5.358.740.00
Créditos. Créditos. Créditos.
Presupuesto de Funcionamiento. Presupuesto de Funcionamiento. Presupuesto de Funcionamiento.
Ministerio de Trabajo y Seguridad Social. Ministerio de Trabajo y Seguridad Social. Ministerio de Trabajo y Seguridad Social.
Capítulo 215. Capítulo 215. Capítulo 215.
Ministerio de Trabajo y Seguridad Social Ministerio de Trabajo y Seguridad Social Ministerio de Trabajo y Seguridad Social
Programa 231. Programa 231. Programa 231.
Dirección y Administración Superior. Dirección y Administración Superior. Dirección y Administración Superior.
Servicios personales.
102 - 111 - 129. Artículo. 2159. Subsidio familiar 14.000.00
Gastos generales. Gastos generales. Gastos generales.
105 - 111 - 201. Artículo 2160. Mantenimiento y aseguros 50.000.00
106 - 111 - 211. Artículo 2165: Materiales y suministros 20.000.00
Programa 232. Programa 232. Programa 232.
Relaciones Colectivas de Trabajo. Relaciones Colectivas de Trabajo. Relaciones Colectivas de Trabajo.
102 - 334 - 117. Artículo 2179. Prima de Navidad 5.000.00
Servicios personales. Servicios personales. Servicios personales.
102 - 334 117 Artículo 2188. Prima de Navidad 5.000.00
Programa 234. Programa 234. Programa 234.
Relaciones del Trabajo del Campesino. Relaciones del Trabajo del Campesino. Relaciones del Trabajo del Campesino.
Servicios personales. Servicios personales. Servicios personales.
102 - 334 117. Artículo 2197. Prima de Navidad 6.000.00
Programa 239 Programa 239 Programa 239
Fomento y vigilancia cooperativos Fomento y vigilancia cooperativos Fomento y vigilancia cooperativos
Gastos Generales Gastos Generales Gastos Generales
106 - 335- 205 Articulo 2255 y gastos de viaje 100.000.00
Ministerio de Educación Nacional. Ministerio de Educación Nacional. Ministerio de Educación Nacional.
Capítulo 281. Capítulo 281. Capítulo 281.
Ministerio de. Educación Nacional. Ministerio de. Educación Nacional. Ministerio de. Educación Nacional.
Programa 311. Programa 311. Programa 311.
Dirección, coordinación e inspección de la educación. Dirección, coordinación e inspección de la educación. Dirección, coordinación e inspección de la educación.
Subprograma 1. Gabinete del Ministro. Subprograma 1. Gabinete del Ministro. Subprograma 1. Gabinete del Ministro.
Servicios .personales. Servicios .personales. Servicios .personales.
101 - 111 - 105. Artículo 2802. Gastos de representación 25.000.00
Gastos generales Gastos generales Gastos generales
105 - 111 - 201. Artículo 2806. Mantenimiento y aseguros 50.000.00
Subprograma 5. Planeamiento educativo. Subprograma 5. Planeamiento educativo. Subprograma 5. Planeamiento educativo.
Gastos generales Gastos generales Gastos generales
105 - 111 - 201. Artículo 2845. Mantenimiento y aseguros 5.000.00
Programa 312. Programa 312. Programa 312.
Dirección General de Administración Dirección General de Administración Dirección General de Administración
Educativa. Educativa. Educativa.
Servicios personales. Servicios personales. Servicios personales.
102 - 111 - 120. Artículo 2855. Prima técnica 1.000.00
Gastos generales Gastos generales Gastos generales
105 - 111 - 201. Artículo 2856. Mantenimiento y aseguros 20.000.00
Servicios generales. Servicios generales. Servicios generales.
Gastos generales. Gastos generales. Gastos generales.
105 - 111 - 201. Artículo 2880. Mantenimiento y aseguros 70.000.00
Programa 317. Programa 317. Programa 317.
Educación Media. Educación Media. Educación Media.
Subprograma 4. Establecimientos de Educación Industrial. Subprograma 4. Establecimientos de Educación Industrial. Subprograma 4. Establecimientos de Educación Industrial.
Gastos generales Gastos generales Gastos generales
106 - 313 - 207. Artículo 2979. Servicio de comunicaciones 20.000.00
Ordinal 9., Instituto Técnico Industrial Piloto, Bogotá 20.000.00
106 - 313 - 209. A r t i c u lo 2980. Servicios públicos 200.000.00
Ordinal 9. Instituto Técnico Industrial Piloto, Bogotá 200.000.00
Programa 318. Programa 318. Programa 318.
Carreras intermedias. Carreras intermedias. Carreras intermedias.
Gastos generales. Gastos generales. Gastos generales.
105 - 313 - 201. Artículo 3035. Mantenimiento y aseguros 20.000.00
Ordinal 2. Colegio. Mayor de Cultura Femenina de Bolívar 20.000.00
Transferencias. Transferencias. Transferencias.
203 - 313 - 412. Artículo 3044. Junta Central de. Contadores 39.740.00
Ordinal 14. Junta Central de Contadores 39.740.00
Programa 326. Programa 326. Programa 326.
Aporte a los establecimientos públicos del sector educativo. Aporte a los establecimientos públicos del sector educativo. Aporte a los establecimientos públicos del sector educativo.
Subprograma 6. Instituto Caro y Cuervo. Subprograma 6. Instituto Caro y Cuervo. Subprograma 6. Instituto Caro y Cuervo.
Transferencias Transferencias Transferencias
204 - 311 - 414. Artículo 3223. Aporte de la Nación para el Instituto Caro y Cuervo de Bogotá 140.000.00
Programa 327. Programa 327. Programa 327.
Aportes del Estado para, el fomento de la educación y la cultura. Aportes del Estado para, el fomento de la educación y la cultura. Aportes del Estado para, el fomento de la educación y la cultura.
Subprograma 2. Aporte para sostenimiento de planteles de educación media. Subprograma 2. Aporte para sostenimiento de planteles de educación media. Subprograma 2. Aporte para sostenimiento de planteles de educación media.
203 - 313 - 412, Artículo 3268, Aportes del Estado para el funcionamiento de Educación Media, en el Departamento de Norte de Santander 30.000.00
Ordinal 27. Cúcuta Colegio San Juan de la Cruz 30.000.00
Ministerio de Comunicaciones, Ministerio de Comunicaciones, Ministerio de Comunicaciones,
Capítulo 331: Capítulo 331: Capítulo 331:
Ministerio de Comunicaciones. Ministerio de Comunicaciones. Ministerio de Comunicaciones.
Programa 341. Programa 341. Programa 341.
Dirección Superior. Dirección Superior. Dirección Superior.
Transferencias. Transferencias. Transferencias.
202 - 331 - 402. Artículo 3420. Caja de Previsión Social de 202 - 331 - 402. Artículo 3420. Caja de Previsión Social de 202 - 331 - 402. Artículo 3420. Caja de Previsión Social de
Comunicaciones 1.075.000.00
Ministerio Público. Ministerio Público. Ministerio Público.
Capítulo 381. Capítulo 381. Capítulo 381.
Procuraduría General de la Nación. Procuraduría General de la Nación. Procuraduría General de la Nación.
Programa 391. Programa 391. Programa 391.
Dirección y Administración de la. Dirección y Administración de la. Dirección y Administración de la.
Procuraduría General de la Nación Procuraduría General de la Nación Procuraduría General de la Nación
Gastos generales. Gastos generales. Gastos generales.
105 - 111 - 203. Artículo 3810. Compra de equipo 3.463.000.00
Suman los créditos $ 5.358.740.00

Artículo 2º. Con la apropiación destinada en el artículo 5573, Proyecto 6, del Presupuesto del Ministerio de Justicia, para la construcción de la sede de los Despachos Judiciales de Cartagena, se podrán adquirir y remodelar edificios en la misma ciudad para el Poder Judicial.

Artículo 3º. E l presente Decreto rige desde la fecha de, su expedición.

Comuníquese y publíquese.

Dado en Bogotá, D. E., a 4 de diciembre ele 1971.

misael pastrana borrero.

El Ministro de Hacienda y Crédito Público, Rodrigo Llorente M.

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